Hola a tod@s,
yo no he visto las escrituras de esos pisos que tienen derecho a tender en la azotea, por tanto esto son suposiciones:
Si en dichas escrituras solo se habla de que tienen derecho a tender/instalar tendederos, y no se especifica quien corre con los gastos de la instalación, está claro que alguien se ha "sacado de la manga" que los costes de la instalación y conservación de esos tendederos los sufraga la comunidad de propietarios, lo cual es totalmente intolerable, pues en ese caso tambien debiera hacerse cargo ésta(como dice Kashiwa), de los gastos de la instalación de los tendederos de los demas vecinos que si pueden tender en sus casas (en mis escrituras dice que tengo un tendedero).
El hecho de que unos vecinos tengan derecho a tender en la azotea, no creo que implique el que los demas no puedan hacerlo (en mis escrituras no pone nada), máxime, si los tenderos instalados los sufraga la comunidad de vecinos, en caso contrario está claro que los usará quien los haya pagado.
Estoy de acuerdo en que en la azotea no hay sitio para que tienda todo el mundo y que solo deberian hacerlo quienes tienen ese "derecho", pero lo que no está tan claro es que si todos pagamos el coste de esa instalación, ¿porqué no vamos a poder usarlos?, ¿quien a decidido eso y en base a que normativa?.
Respecto al tema de cambiar las cerraduras de las azoteas y distribuir la llave únicamente entre los vecinos que tienen derecho a usar la azotea, pregunto lo mismo:
¿Quien a decidido eso y en base a que normativa?.
¿No saben que a la azotea hay que entrar, entre otras cosas, que ya se ha comentado por aqui, para que la compañia del gas haga la lectura de contadores?.
¿Me van a impedir a que ejerza el derecho, de hacerme una autolectura de contador cuando a mi me de la gana, o cuando el personal que mira los contadores no puea acceder a ellos?.
¿También voy a pagar una cerradura nueva y copias de llaves que no tengo "derecho" a usar?