Hola Miguel, bienvenido al foro!
En caso de no entregar a tiempo, tenemos 2 opciones. La resolución del contrato y la prórroga. En la resolución del contrato, la indemnización es del 40% sobre las cantidades abonadas hasta el momento de la resolución y el reintegro de las cantidas entregadas a cuenta, más los intereses legales.
Si optas por conceder la prórroga, el piso será entregado en el plazo máx de 3 meses. Si este plazo se supera, copio literalmente: ´se deberá abonar al comprador, la cantidad que resulte de la aplicación durante el período de demora, del tipo de interés previsto en la estipulación tercera del contrato como interés de demora para el supuesto de impago ,(que es del 7% de interés anual) sobre las cantidades satisfechas por el comprador hasta ese momento´.
Saludos,
Laura