El solar tiene unos metros construibles marcados por el ayuntamiento en el ordenamiento del PAU.
A nuestro solar le corresponde X y la constructora uso X dejando los metros construibles del solar en 0.
Por lo tanto si la comunidad quiere hacer un salon de juntas no puede si un vecino quiere cerrar su atico no puede por que el ayuntamiento en ambos casos no daria la licencia al exceder los metros construibles de la finca.
Los vecinos que lo han realizado se exponen a una multa y la obligacion de quitarlo al no tener licencia del ayuntamiento ni permiso de la comunidad para realizarlo. Ademas en estos tiempos que corren con el catastrazo y los drones de Hacienda… no me arriesgaria.
Pero siempre habra personas q van en el coche sin cinturon de seguridad o que crucen un semaforo en rojo...