Hola vecinos:
Últimamente este foro está teniendo bastante actividad y cada uno está dando su opinión algunas más acertadas y otras menos.
El tema de los tendederos ha sido un tema que creo que ha salido en cuatro o en cinco ocasiones en las reuniones de comunidad. Y como para poder instalar un colgador en el patio se necesita unanimidad de votos para que la causa siga adelante hasta el momento no ha surtido efecto. Últimamente he hablado con varios vecinos de la comunidad y no es un problema individual sino de una gran mayoría de la comunidad a la hora de secar la ropa en su tendedero. Hombre yo creo que todo el mundo sabe poner una lavadora y que se realizan todos los pasos de la misma. Pero yo me hago una pregunta en todo esto, alguno de nosotros a parte de decir que estoy a favor o en contra, hemos dado alguna solución a las personas que tienen este problema? en otros problemas que haya habido anteriormente hemos intentado buscar una solución a ello, porqué ahora no?.
Por otro lado, he intentado buscar información o que me la den personas que puedan saber del tema y me he encontrado con bastantes irregularidades en nuestra comunidad.
En nuestros estatutos hay dos apartados muy importantes uno es el de las prohibiciones y el otro apartado es el de elementos comunes. Las prohibiciones todo el mundo ya sabemos cuales son porque ya han aparecido reflejadas en diferentes post y los elementos comunes, que son aquellos que pertenecen a la comunidad y que todo el mundo debemos cuidar. Todo ello aparece reflejado por el articulo 396 del código civil, que dice algo así: se consideran elementos comunes en inseparables de la propiedad de todos y cada uno de los los elementos privativos que lo forman parte de éste inmueble… y especialmente el vuelo, suelo, cimentaciones, cubiertas; elementos estructurales y entre ellos los pilares, vigas forjados y muros de carga; las fachadas, con los revestimientos exteriores de terrazas, balcones y ventanas incluyendo su imagen o configuración, los elementos de cierre que las conforman…(no sigo escribiendo porque es largo pero para que nos hagamos una idea). Bien, un elemento común es aquel que si ha de sufrir una modificación debe haber una aprobación previa en junta con una unanimidad de votos.
Estamos hablando de lo que es fachada y lo que no es fachada, actualmente en construcciones nuevas como las fachadas exteriores (las que lindan con la calle) llevan la misma similitud con las interiores (las del patio) son todas ellas consideradas fachadas. Por lo tanto son elementos comunes de la comunidad. Se habla también de normativa del ayuntamiento, inicialmente cuando el patio era abierto la normativa municipal tenía aplicación a todo, pero ahora que esta cerrado el patio la normativa ya no tiene efecto ahí sino en las cuatro exteriores, esto no quiere decir que se pueda hacer lo que cada uno quiera ya que para ello existen unos estatutos que regulan.
Un tendedero según la normativa del departamento de urbanismo de Barakaldo debe cumplir una serie de condiciones para que se pueda considerar un tendedero. Debe medir al menos 2.50 m2, tener un vierteaguas o un desagüe, tener algún sistema de ocultación de la ropa colgada ya sean unas lamas metálicas, un cristal traslúcido y tener suficiente aireación. (He medido personalmente un tendedero de un vecino 2.333m2).
Por otro lado las fachadas que están dentro de nuestro patio interior en la parte correspondiente a vuelo, a ver si me sé explicar. El vuelo de la fachada baja se mete dentro de balcones, ventanas y vuelve a salir, lo que quiero decir con eso es que si tu te pones en el patio y miras hacia las ventanas y hacia los balcones lo que ves corresponde a un elemento común, fachada o vuelo. Hay propietarios de viviendas que dada la cercanía de su tendedero y de su balcón han decidido instalar su tendedero en una zona común concretamente en vuelo de fachada (yo hubiera hecho lo mismo) son aquellos que tienen un balcón que da al patio. Los propietarios de los áticos que han instalado un colgador tipo acordeón en su pared de la terraza, eso también es fachada. El otro día me quedó bastante claro cuando las administradoras lo intentaron explicar.
En esto que voy a poner no estoy muy seguro así que si estoy equivocado que alguien me corrija. Se decidió en junta la instalación de toldos exclusivamente para los propietarios de los áticos (no entiendo estas exclusividades ya que todos vivimos en comunidad y si hay alguna mejora, que podamos disfrutarla todos no?) y el color que se decidió fue el gris. Bien, si eso es cierto en el patio interior han decidido diferentes propietarios instalar su toldo y uno de ellos ha decidido que el gris no era el color más apropiado. A mi modo de ver, ya que están instalados en fachada todos ellos y no deja de ser una modificación de la fachada, no entiendo porque la aprobación de la instalación de toldos haya sido por mayoría y no por unanimidad. (repito, si estoy equivocado corregirme)
Hay diferentes propietarios de áticos y de primeros que tienen terraza al patio que han cambiado el suelo de sus terrazas, esto es un elemento común de uso privado. Como bien dice en nuestros estatutos para hacer una modificación hay que hacer una junta explicar el porqué y que se haga una votación, en la cual tiene que ser por unanimidad de votos, esto creo que no ha ocurrido. Esto si que me parece un tema serio ya que si algún día aparecen humedades o goteras y el perito correspondiente indica que viene de esas terrazas lo debería pagar la comunidad la obra, seguro que en ese momento tendremos bastantes problemas. Y creo que a cinco años vista el delito prescribe.
Por último el propietario que ha instalado una barra de hierro en su ventana de lado a lado, ya que eso también corresponde a fachada.
Yo como propietario, soy el primero que estoy a favor de que se cumplan las normas, y por lo que he leído hay propietarios que van a denunciar a aquellas personas que instalen un colgador en el patio, creo que no es necesario llegar a tanto y me explico. Actualmente a esas personas a las que se hace referencia no han instalado aún su tendedero pero si es cierto que en nuestra comunidad hay bastantes irregularidades como ya he indicado, bien, pues creo que sería una buena arma disuasoria denunciar lo que ya se ha hecho mal para aquellas personas que tienen intención de instalar un colgador(para esta denuncia yo sería de los que toman parte) ya que si sería al revés sería una acción discriminatoria ya que unos pueden y otros no. Así que vecinos vamos a hacer que las cosas se hagan bien y no que unos pocos gocen de privilegios.
Hay vecinos que hablan de anarquía, pero creo que parte de culpa la tienen esos vecinos ya que cuando se hacen mal las cosas no han hecho nada por cambiarlo y a mi modo de ver estáis favoreciendo que la anarquía continúe.
Abiertamente digo que si la solución de esas personas es instalar un colgador en el patio que lo hagan porque hasta mayo no habrá junta y el invierno es largo.
Esto lo digo, porque nadie les hemos dado una solución real y coherente y por lo tanto entiendo perfectamente que quieran encontrar su propia solución.
De todas formas si se termina denunciando a los vecinos que instalan los colgadores en las ventanas, igualmente habrá que denunciar a los que lo han instalado en balcones y terrazas.
Un saludo vecinos.