Yo como ya indique ayer envie la carte, el domingo no puedo ir a la reunión trabajo, pero voy a analizar la situación desde mi punto de vista:
1ª queriamos que nos devolviesen el dinero de los locales y nos estan dando la oportunidad.
2ª el dinero de intereses que me a podido generar ese dinero, me parece irisorio a diferencia del dinero que me van a devolver y me voy a poder quitar de mi maravillosa hipoteca.
3º a la hora de las denuncias, que vayan a poder echar echarlas por tierra, eso creo que no es coherente. Si todo esto se tuviese que llevar via judicial, la promotora podria alegar que en un principio se denuncio y cuando se dio la oporturnidad de solucionarlo todo no se quiso. Mientras que si lo firmamos, se llegue a un acuerdo o no, siempre podemos alegar en un juicio que no estabamos de acuerdo con los locales, porque incluso con las condiciones que nos hayan puesto firmamos.
4ª en cuanto si es legal que te obliguen a adquirir un local o no, esta por verse, como ya he escrito en diversos mensajes, he ido a varios sitios, uno de ellos fue a la oficina de la vivienda de la Comunidad de Madrid, y un asesor, con papeles en mano, me dijo, al igual que cuando compras un piso y viene adherido a este un garaje y un trastero, el promotor tiene derecho de poner adherido a la vivienda un local. Puede que no estes de acuerdo pero viene como parte de la vivienda y lo tienes que coger, quieras o no, al igual que el garaje y el trastero aunque no estes de acuerdo.
5ª tambien en la oficina de la vivienda pregunte en cuanto al precio de estos, segun el ultimo contrato que hemos firmado, la promotors se acoge la normativa vigente en el momento de la firma es decir, la del 11/2001 en cuyo caso el promotor estaba en el derecho de poner al precio libre a los locales. Mientras que si se acogen a la normativa del 11/2005, la comunidad estipula un maximo y un minimo para los locales.
6ª pregunte si el piso lo van a entregar posterior, porque se acogen a una normativa antigua y no a la actual vigente, y me dijeron que la promotora se acoge siempre a la normativa vigente en el momento de la firma del contrato y tambien cuando ellos hayan adquirido la calificación provisional. Esta calificación provisional esta emitida el 07/02/05 con el Nº de expediente GP-164.7103.
7ª En fin, la conclusion de todo, es que yo di unas cuantas vueltas, llendo de un lado a otro y lo unico que consegui que me dejasen claro, es que nos guste o no habria que apechugar. Yo no se donde el que ha denunciado le han informado, pero yo es lo que consegui que me dijesen.