DIARIO DE SESIONES DE LA ASAMBLEA DE MADRID/Nº 632/ 21 de febrero de 2006
El Sr. DIRECTOR GENERAL DE
ARQUITECTURA Y VIVIENDA (Blasco Martínez):
Gracias, señor Presidente. Señoría, quería darle
unos datos muy someros. Número de viviendas del
consorcio: 11.200 viviendas, libres y protegidas.
Viviendas protegidas: 8.460. Calificadas
provisionalmente -ustedes saben lo que es la
calificación provisional: es cuando de verdad la
vivienda nace al mundo de la protección pública-:
7.086 viviendas. El 86,7 por ciento del total de las
viviendas protegidas ya están calificadas ; eso
supone que, además, se han firmado convenios de
simultaneidad de las promotoras y de las
cooperativas en el 89,1 por ciento, es decir, que el
Ayuntamiento ha permitido que se edifique
simultáneamente con la urbanización para 7.540
viviendas. Viviendas calificadas definitivamente:
ninguna. Viviendas, por lo tanto, donde están
viviendo familias en el consorcio Parla Este: ninguna.
¿Qué quiere decir esto a fecha de hoy? En este
momento el consorcio está en fase de construcción,
como lo demuestra que no tenemos ni una sola
calificación definitiva planteada.
consorcio: 11.200 viviendas, libres y protegidas.
Viviendas protegidas: 8.460. Calificadas
provisionalmente -ustedes saben lo que es la
calificación provisional: es cuando de verdad la
vivienda nace al mundo de la protección pública-:
7.086 viviendas. El 86,7 por ciento del total de las
viviendas protegidas ya están calificadas ; eso
supone que, además, se han firmado convenios de
simultaneidad de las promotoras y de las
cooperativas en el 89,1 por ciento, es decir, que el
Ayuntamiento ha permitido que se edifique
simultáneamente con la urbanización para 7.540
viviendas. Viviendas calificadas definitivamente:
ninguna. Viviendas, por lo tanto, donde están
viviendo familias en el consorcio Parla Este: ninguna.
¿Qué quiere decir esto a fecha de hoy? En este
momento el consorcio está en fase de construcción,
como lo demuestra que no tenemos ni una sola
calificación definitiva planteada.
En este momento, en la Dirección General
tenemos siete expedientes por denuncias por
sobreprecio en la venta de locales comerciales.
Cuatro de ellos se han sustanciado. Uno de ellos se
le ha requerido al promotor para que justifique el aval
de las cantidades entregadas a cuenta, y estamos en
esa fase de requerimiento. Tres de ellos se han
sobreseído porque eran denuncias verbales de
ciudadanos que no han justificado esa denuncia
hecha verbalmente. Y quedan tres expedientes: dos
expedientes de un solo promotor, Valdepelayos ; un
expediente, como bien decía usted, de Orgaz. Estos
expedientes de venta suponen la venta en
proindiviso de locales comerciales vinculados
físicamente, no en cuanto a vivienda protegida, a las
viviendas de la promoción.
Respecto a las cantidades por las que se
han vendido estos locales en contrato de
compraventa, teóricamente libre. Señoría, yo le
entiendo perfectamente, cuando dice que se obliga
al adquirente a la compra de la vivienda, y se le
obliga de manera que si no firma el contrato de
compraventa del local el promotor no le vende la
vivienda, pero eso lo tenía que decir el denunciante,
cosa que no dice, el denunciante lo que dice es que
se le ha obligado a comprar un local comercial en
proindiviso en una parte alícuota de una local que
tiene ciento y pico metros cuadrados por el 0,352 por
ciento, lo que supone 1,048 metros cuadrados ; cada
una de las 178 viviendas que tiene cada uno de los
dos portales compran un metro cuadrado
aproximadamente en 6.800 euros más IVA. Éstos
son, por tanto, locales en proindiviso que afectan a
cada uno de las 178 viviendas. Ésa es la denuncia
que nos llega a nosotros ; es decir, denuncias de
señores que han firmado, se supone que libremente.
Yo no estoy en esa transacción entre el promotor y
el adquiriente para ver si el promotor le dice: mire
usted si no firma usted la compra del local, yo no le
voy a vender la vivienda. Eso debería denunciarlo,
en todo caso, el adquiriente, cosa que no se hace ; se
hace la denuncia por el sobreprecio, teóricamente
abusivo, de estos locales en proindiviso.
Estas viviendas están calificadas en torno
al Plan 2001-2004, este plan de viviendas, ya
fenecido, permitía la venta libre de los locales entre
el promotor y los adquirentes, venta libre y
perfectamente legal, cosa distinta es el precio, y
estamos ahora mismo depurando, y hemos
encargado unas tasaciones inmobiliarias para ver
cuál es el precio de compraventa de locales, para
saber qué precio razonable puede tener un local
comercial en Parla Este, en un barrio que todavía no
se ha puesto en valor, porque, como decía antes, no
hay ninguna vivienda habitada, y no sabemos el
valor que pueden tener a fecha de hoy los locales, o
que puedan tener cuando entre en carga la
urbanización. En ése momento es en el que
estamos. Hemos pedido estas tasaciones
inmobiliarias a responsables técnicos superiores
para que nos digan el valor real de los locales. Por
tanto, ese valor real nos dirá si ese precio que se ha
pagado en contrato libre entre el promotor y el
adquirente a razón de 6.488 euros metro cuadrado
es un precio abusivo ;es decir, la ley permite al
promotor vender libremente el local, ahora, lo que no
dice la ley es a qué precio, y nos encontramos con
unos contratos firmados por los privados donde
aceptan esa compra en proindiviso de un local. A mí
me gustaría, sinceramente se lo digo, que nos
orientaran en el sentido de si es penal, si se puede
penar o si es ilegal la compra libre de un local a un
sobreprecio exagerado ; es en lo que estamos.
De todas maneras, hemos entrado en
contacto con ambos promotores, y, al menos uno de
ellos, el de la mayor promoción, estaría dispuesto a
dialogar con los adquirentes de las viviendas para
ver si se pudiera reconducir este teórico sobreprecio,
que ya le digo que estamos pendientes de la
tasación inmobiliaria.
El Sr. PRESIDENTE: Vaya finalizando.
El Sr. DIRECTOR GENERAL DE
ARQUITECTURA Y VIVIENDA (Blasco Martínez):
Recientemente, desde el Consorcio hemos
procedido a vender unas parcelas libres por un
precio de 2.000 euros metro cuadrado de
repercusión, lo digo como referencia de mercado.
Respecto al tema de Progesur, que me ha
comentado S.S., efectivamente, este tema se
produjo antes de que existiera la promoción como
vivienda calificada, intermediamos la Dirección
General de Suelo y la Dirección General de
Arquitectura, convenimos con el señor Promotor, que
en ese momento, ya le digo que no era vivienda
protegida, rompió los contratos que había suscrito en
proindiviso en esta venta de locales, y recondujo la
situación a una venta normal de vivienda protegida,
y en este momento están calificadas
provisionalmente, y no tienen ninguna otra
irregularidad. Yo creo que eso es lo que podemos
comentar. La transacción es libre, es legal, lo que no
dice la ley, lógicamente, es el precio de los locales
comerciales en venta. Muchas gracias.
El Sr, PRESIDENTE: Muchas gracias, señor
Director General. A continuación, pasamos al
siguiente punto del orden del día.