Dos aclaraciones
¿Cuáles son las condiciones de una ampliación de hipoteca?
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Quisiera hacer dos aclaraciones a dos comentarios que he leído. 1º Perdóname SOYYO si te he ofendido por aclarar que conocía el tema por mi antiguo trabajo. No pretendía ofender a nadie, y estoy seguro que el que expone una opinión, tiene conocimiento de causa. Simplemente pretendía aportar mi experiencia acumulada en mi anterior empleo, y dejar claro de donde provenían esas opiniones.
2º SALLY, la operación te guste o no, es una ampliación, tanto técnicamente como realmente en la práctica. Tu futura vivienda está gravada en la actualidad con una hipoteca de la cual tu te vas a hacer cargo. Si quieres solicitar más capital del que responde tu finca, debe ser en base a la hipoteca actual, sino, debes cancelarla y formalizar una nueva hipoteca. Que vuelvan a tasar la vivienda (práctica habitual, aunque no están obligados), lo único que hace es facilitar las cosas a los que queremos solicitar la ampliación. Que la ampliación tenga unas condiciones ´algo peores´, no es anormal, aunque negociable. En este tipo de operaciones se suele mantener el mismo tipo de interés que tiene la subrogación, para la ampliación. En lo único que empeora es en la comisión de apertura, que repito, es negocible, pero también corriente.
En general, y corroborado con otros bancos, las condiciones son normales tal y como ya he opinado en otro mensaje mío.
Todo esto quisiera que se tratase, tan sólo como una opinión personal, tan respetable como la de cualquiera que aporte las suyas. Yo no tengo nigún tipo de relación con Ibercaja, ni nigún interés en que nadie mantenga su hipoteca con esta entidad. Recordaros que el tipo de interés de las subrogaciones siempre está por encima de una hipoteca de nueva constitución, ya que lo que pierdes en el tipo de interés, lo ganas en el ahorro de ciertos trámites (sobre todo en el pago a hacienda de las escrituras, y en la notaría). Un saludo a todos.