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juanje
05/04/2006 22:41

mercado eléctrico y gas liberalizado

¿Qué debo saber antes de contratar con una Empresa Comercializadora en el mercado eléctrico liberalizado?

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mercado eléctrico liberalizado


Desde el 1 de enero de 2003 usted, con independencia de la zona en la que resida, podrá:

Mantener su contrato de suministro de gas natural y/o electricidad con su actual Empresa Distribuidora a un precio regulado (Tarifa Regulada).

Contratar con una Empresa Comercializadora el suministro de electricidad y/o gas natural a un precio pactado libremente.

Empresa Distribuidora: La empresa Distribuidora es aquélla que, en un área geográfica determinada, construye, opera y mantiene las redes por las cuales se canalizan, o bien el gas o la electricidad, hasta su empresa o su hogar, estando sometida al cumplimiento de unos niveles mínimos de calidad de suministro. Además, es la única que gestiona la relación comercial con los clientes que se mantienen a Tarifa.

Empresa Comercializadora: Es la empresa autorizada a comercializar electricidad y/o gas y que debe estar inscrita en el Registro Administrador de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados y Agentes Externos "sección 2ª Comercializadores" del Ministerio de Economía.


¿Qué debe saber antes de decidir cuál es la mejor alternativa?

Compruebe, si es necesario, con la ayuda de sus facturas de gas natural y/o electricidad, las características actuales de su contrato: tarifa, coste por consumo, el nivel de presión en el caso de gas natural y la potencia contratada en el caso de la electricidad. Tenga también en cuenta su consumo anual.

Con estos datos usted ya puede solicitar ofertas a las Empresas Comercializadoras y comparar las condiciones que le ofrecen con las que ya dispone. No olvide contrastar los datos anteriormente mencionados y tenga además en cuenta factores como: las formas de pago, la disponibilidad de otros servicios y la Atención Comercial.


¿Cuáles son los pasos a dar en caso de querer contratar con una
Empresa Comercializadora?

Compruebe en primer lugar que el contrato con la Empresa Comercializadora por la que usted haya optado cumple todas las condiciones esperadas. Si es así, firme el contrato y autorice a dicha Empresa para que se dirija, en su nombre, a su actual Empresa Distribuidora, con el fin de realizar las actividades y procesos legalmente establecidos.

A partir de ese momento será la Empresa Comercializadora quien le emita las facturas por el consumo de gas natural y/o electricidad que realice.


¿Debería cambiar su equipo de medida si contrata con una
Empresa Comercializadora?

Sólo en este caso, siempre y cuando sus necesidades de potencia de electricidad superasen los 15 kw, según la reglamentación vigente, podría necesitar adaptar o sustituir su Equipo de Medida actual.


Una vez haya contratado con una Empresa Comercializadora, ¿a quién debe
dirigirse para cualquier consulta de su suministro de gas o electricidad?

En este caso la Empresa Comercializadora será su interlocutor ante cualquier gestión relacionada con su suministro de gas natural y/o electricidad.

Pero sea cual sea la opción de contratación elegida, la calidad de suministro (aspectos de continuidad, calidad de onda de tensión...) seguirá siendo responsabilidad de su actual Empresa Distribuidora.


¿Existe alguna limitación para el cambio?

En el caso de que la Empresa Comercializadora no cumpla sus expectativas puede volver a su anterior modalidad de Tarifa Regulada, por lo que tendrá que ponerse en contacto con su anterior Empresa Distribuidora. Previamente tendrá que tener en cuenta las condiciones que hubiera firmado con su Empresa Comercializadora. Si opta por volver a la situación de Tarifa Regulada deberá permanecer un mínimo de un año en esa modalidad antes de poder contratar con otra Empresa Comercializadora.

 

Fin del hilo
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