Buenas a todos, en relación al Iva, creo que nos estamos haciendo nuevamente un lío. He conseguido encontrar una respuesta del año 2004 donde podéis ver la explicación.
Resumiendo, todo el dinero que figuraría en la escritura que se otorga al comprar tu vivienda es deducible fiscalmente. Ana.
ampeinado® Tema: RE: Gravamen por aportaciones a vivienda Fecha: 26/11/2004 08:33
Habitual
Vamos a ver, he estado preguntando, y me temo que lo que se está comentando del IVA no tiene sentido. El poder desgravarse del IVA que se paga es algo que solo concierne a los profesionales (autónomos por ejemplo y a las empresas), que cada cierto tiempo tienen que compensar el IVA soportado y repercutido y pagar a hacienda por la diferencia (pagar o que se les devuelva). Así que lo que tenemos que tener en cuenta nosotros, que compramos una casa para uso particular (otra cosa distinta sería que la vivienda la comprara una empresa), es el total de lo que aportamos para comprarla. Por lo mismo tanto, efectivamente, podemos deducirnos del 15 % de una cantidad máxima de 9000 € como decía efectivamente Jaimeroder. Con respecto a la aportación de los locales, creo que estoy tambien de acuerdo con lo que él dice, que no se puede meter como aportacion a la vivienda porque: o bien se escrituran a nombre de la cooperativa, o bien se venden antes de que nos den la casa. En cualquiera de los dos casos, nunca se va a tener la escritura a nombre de ninguno de los cooperativistas, asi que entiendo que no es parte de "nuestra" casa propiamente dicha y no podemos deducirnos de lo que pagamos por este concepto puesto que (con suerte) podemos llegar a recuperar parte de ese dinero.
Saludos. Ana.