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Gsus
23/11/2004 14:35

Gravamen por aportaciones a vivienda

¿Son desgravables todas las cantidades aportadas a la cooperativa en la declaración de la RENTA?

1.566 lecturas | 15 respuestas
Hola a todos/as,
Para intentar cambiar de tema dado que no lo tenemos nada claro y hasta ver que ocurre con nuestra calificación provisional (será entonces cuando sepamos en cuánto nos repercutirá la dichosa subida y cuando podamos tomar acciones, aunque tan sólo sean de protesta..)me surge una duda ;
Ayer consulté con la Agencia Tributaria si todas las cantidades aportadas a la cooperativa serían desgravables en la declaración de la RENTA y me dijeron que sí. En mi pregunta hice mención de las cantidades aportadas como K social y previsión de locales y me dijeron que también eran desgravables, lo cual no tengo muy claro porque del K Social no hemos pagado IVA y los locales, aunque tengamos que escriturarlos nosotros no valen como vivienda..., vamos que me quedé con la misma duda.
Si alguien está puesto en el tema agradecería me comentara, porque si no están incluidas tal vez debería completar la cantidad máxima desgravable con aportaciones a la Cuenta Ahorro Vivienda.
Muchas gracias y un saludo,
Jesús
 
G
Gsus
28/03/2005 23:09
Hola,
Parece que el tema ya lo dejamos claro hace tiempo, pero acerca de si podremos desgravar las aportaciones de K Social esto es lo que ponen en Vereda II tras recibir la carta de Larcovi.
< < < < < A mi me preguntaron si lo había pagado con otra persona y les dije que si,al 50%y te explico mas detalladamente mi carta ;
Me envian una factura a mi nombre del capital social, otra del 50% del contrato de aportación y una por cada uno de los 6 pagos mensuales del piso al 50%(no de los locales).A nombre de mi novio envian el 50% del contrato de aportacion y los 6 pagos mensuales al 50%.En todas ellas especifican sus datos y los nuestros en las correspondientes, el numero de factura,el dia del pago,el cif de la cooperativa y el concepto de pago en el que se especifica que se realiza por el piso ,trastero y los dos garajes,tampoco ahi especifica los locales.
Pero en el capital social no lo denominan factura sino nota de cargo nº xxxxxxx.. ya que no hay iva,ademas especifica que es una operacion no sujeta a impuestos.
Esto se lo comentamos a un familiar de mi novio que precisamente trabaja en hacienda revisando las declaraciones,nos dijo que el capital social legalmente no es desgravable,solo la aportacion a la compra de vivienda,que si no he hecho mal las cuentas,en mi caso solo son 5.606,1 e cada uno.
Tambien nos comento que aunque no es legal la gente si se desgrava y que tienes que dar con un tio muy hijo de p..! para que te eche atras la declaración,ya que no dejan de ser trabajadores como nosotros y saben perfectamente que pagas ese concepto para poder acceder al piso,(aunque a mi esto no me deja muy tranquila) pero claro la otra persona pierde unos 3400 e!!
Me cuesta creer que con todo lo que hemos pagado no te puedas desgravar del maximo!!. > > > > > > > > >
Espero que para Mayo y con la ayuda de todos podamos aclararnos un poco estos conceptos. Dado que en Hacienda, según el día que llamas te comentan algo distinto, lo más seguro es que acabe haciendo la declaración con algún gestor, por lo que os mantendré informados si consigo llegar a alguna conclusión definitiva. ¿Por qué son tan conplicadas estas cosas de Hacienda???

El pasado jueves estuve por las obras y paseándome por dentro te puedes hacer una clara idea de cómo será nuestro futuro barrio. El lago con zonas verdes que tenemos en frente de nuestra parcela parece más grande ´in situ ´. Seguro que dentro de nada ya están construyendo!!!!
Saludos,
Jesús
 
A
ainat
28/11/2004 17:41
Hola a todos. Como veo que hay dudas sobre todo lo relacionado con la declaración de la renta he preguntado a mi jefa como nos afectaría todo esto (tiene un máster en asesoría fiscal así que se supone que entiende) y además pasó por todo esto hace un par de años. Efectivamente podemos deducirnos el 15 % de las cantidades aportadas para la compra de vivienda hasta un máximo de 9000 euros, es decir, los 1350 que se comentaban por ahí. Eso es lo másximo que nos pueden devolver, siempre y cuando nos lo hayan retenido a lo largo del año. Las aportaciones a locales no son deducibles porque no es vivienda. El capital social sí es deducible porque se aporta para la compra de la vivienda, lo que significa que este año hemos aportado un montón de dinero que no vamos a poder deducirnos en ningún momento por lo de los 9000 euros de máximo.
Después durante los dos primeros años en que tengamos finaciación ajena, es decir, los dos primeros años de hipoteca nos vamos a poder deducir el 25 % de las cantidades aportadas con un máximo igualmente de 9000 euros, lo que sería un máximo de 2250 euros. Lo que pasa es que cuando estemos con financiación ajena no vamos a llegar a pagar 9000 euros anuales así que hasta que no sepamos exactamente la letra que nos queda no os puedo decir lo que nos podríamos deducir.
Por otro lado lo mejor es hacer una simulación de la declaración por estas fechas, antes de que acabe el año fiscal. Si te puedes deducir como máximo 1350 euros y te han retenido más de eso a lo largo del año, puedes hacer alguna aportación a otras cosas para intentar que te devuelvan el resto. Me han comentado que puedes hacer aportaciones a cuentas vivienda aunque ya estés en la cooperativa y desgravarte las dos cosas pero no se seguro como va esto. Eso sí, siempre antes del 31 de diciembre.
Espero que la información os sea de ayuda.
 
J
jaimeroder
26/11/2004 13:58
hola, delcajo, tu has sacado dinero de tu cuenta vivienda, y los has sacado para comprar una vivienda, por tanto, ese dinero lo estas utilizando para el uso que esta destinado, ha hacienda ya le vale "creo", lo que no se puede hacer es intentar desgravarse una cantidad de dinero que ya te has desgravado en la cuenta vivienda, debido a que si no desgravarias el doble, espero haber ayudado y un saludo.
PD: LO MEJOR, CREO YO, ES QUE ESPEREMOS A MAYO O JUNIO, Y AL HACER LA DECLARACION SE LO COMENTEMOS A LA PERSONA QUE LE ENTREGUEMOS LA DECLARACION, DE LA AGENCIA TRIBUTARIA.
 
D
delcajo
26/11/2004 13:32
Vamos a ver si aclaramos un poquito el tema.
Al año como mucho te puedes desgravar hasta 9000 € por lo que a partir del año que viene y hacia el futuro supongo que siempre aportaremos 9000 € o más dinero para la compra de la vivienda por lo que, en principio, hacienda siempre nos devolverá dinero. El problema estriba en que yo para pasar a formar parte de la cooperativa me han solicitado un montón de pasta que yo he sacado de mi cuenta ahorro vivienda y que ya me habia desgravado en años anteriores (como si me hubiese estado comprando una vivienda) por lo que si ahora no empleo este dinero para la compra de una vivienda tengo que devolver a hacienda el dinero que me había desgravado por tener una cuenta ahorro vivienda.
De todo el dinero que hemos aportado una gran cantidad se ha ido en conceptos de capital social y locales comerciales, si este dinero no se puede considerar como aporte para una vivienda vamos a tener que devolver a hacienda el dinero que ya nos habiamos desgravado en años anteriores.
Por lo tanto es muy importante saber SEGURO si el capital social o el aporte a los locales comerciales es desgravable.
Un saludo.
 
G
Gsus
26/11/2004 13:26
Muchas gracias a todos, yo es que con estas cosas me llevo fatal. La duda ya me queda resuelta, no obstante he vuelto a llamar a la Agencia Tributaria y esta vez la chica que me ha atendido estaba más puesta en el tema y me ha confirmado lo que me comentáis...así que para este año vamos sobrados con las cantidades aportadas.
Buen fin de semana para todos!!!!!
Jesús
 
J
jaimeroder
26/11/2004 12:58
Por cierto, el I.V.A. que estamos pagando en ningun caso es deducible, chao.
 
J
jaimeroder
26/11/2004 12:53
hola, a todos. Con respecto a la contestacion de Gsus, es decirle que los 33000 Euros es un gasto que se origina para la compra de la vivienda, es decir, puede que se haya usaso para la compra del suelo, para gts administrativos o para otra cosa.Por lo tanto no se puede considerar dinero negro, otra aclaracion, el precio de la vivienda no es solo lo que vayamos a escriturar y por tanto creo que se puede desgravar, pues haber si os he ayudado y si alguien puede aclararnos esto de una manera mas "profesional", pues que nos ayude. Nada mas y haber si seguimos en contacto. Un saludo para todos, hasta luego.
 
A
ampeinado
26/11/2004 08:33
Vamos a ver, he estado preguntando, y me temo que lo que se está comentando del IVA no tiene sentido. El poder desgravarse del IVA que se paga es algo que solo concierne a los profesionales (autónomos por ejemplo y a las empresas), que cada cierto tiempo tienen que compensar el IVA soportado y repercutido y pagar a hacienda por la diferencia (pagar o que se les devuelva). Así que lo que tenemos que tener en cuenta nosotros, que compramos una casa para uso particular (otra cosa distinta sería que la vivienda la comprara una empresa), es el total de lo que aportamos para comprarla. Por lo mismo tanto, efectivamente, podemos deducirnos del 15 % de una cantidad máxima de 9000 € como decía efectivamente Jaimeroder. Con respecto a la aportación de los locales, creo que estoy tambien de acuerdo con lo que él dice, que no se puede meter como aportacion a la vivienda porque: o bien se escrituran a nombre de la cooperativa, o bien se venden antes de que nos den la casa. En cualquiera de los dos casos, nunca se va a tener la escritura a nombre de ninguno de los cooperativistas, asi que entiendo que no es parte de "nuestra" casa propiamente dicha y no podemos deducirnos de lo que pagamos por este concepto puesto que (con suerte) podemos llegar a recuperar parte de ese dinero.
Saludos. Ana.
 
G
Gsus
25/11/2004 18:32
Jaimeroder, muchas gracias, pero dado que el K social ha sido la máxima aportación y la que realmente hará la diferencia a la hora de desgravar, me choca mucho que sea desgravable cuando está exenta de IVA, no se si me explico, nosotros hemos dado 33000, pero no constará en las escrituras ni en nada, casi se puede decir que es dinero negro, aunque por supuesto no lo sea.
Saludos,
Jesús
 
J
jaimeroder
25/11/2004 17:39
hola vecinos, para la declaracion de la renta se puede desgravar el 15% de aportacion para la compra de una vivienda habitual, es decir, de 9000 euros, nos podremos quitar de la base imponible 1350 euros, se puede meter todo los gastos de la compra, es decir, 33000 euros de kapital social, los 4 mil y pico de la entrada y las letras que pagamos, en ningun caso se puede meter los locales comerciales.
Haber si os he servido de ayuda, de todas maneras, con el capital social ya llegamos al limite
NOTA: SE PODRA DESGRAVAR SI ESA CANTIDAD NOS LA HAN RETENIDO.
un saludo para todos.
 
A
ampeinado
25/11/2004 15:43
Si, es verdad , no había caído en eso. Yo, como tenía pensado meterlo todo ni me puse a pensar en qué pasaría si no fuera posible meter el K social y lo otro. Perdonad por poder inducir a error.Ana.
 
G
Gsus
24/11/2004 19:42
Estoy contigo Jamu, de no poder desgravarnos el K social, ni las aportaciones a los locales,estariamos lejos de los 9000 y pico euros desgravables y a lo mejor con aportaciones a la CAV conseguiríamos que hacienda nos devuelva más dinero. Al menos el máximo permitido que dado nuestra situación más vale ser precavidos.
Cuando tenga tiempo intentaré volver a llamar a la Agencia Tributaria, pero me dan un poco de miedo porque cada vez que los llamo me cuentan algo diferente. Ya os comentaré.
Saludos,
Jesús
 
J
JAmu
24/11/2004 17:50
Hola! me parece que incidir en el tema en el mes de mayo puede ser demasiado tarde, pues el año fiscal termina el 31 de diciembre si no me equivoco y más vale que para entonces tengamos claro lo que desgravamos de la vivienda, no sea que nos encontremos con que hemos aportado menos en concepto de vivienda de lo que teníamos ahorrado en la CAV y después de todo, encima tengamos que devolver el importe proporcional de ese dinero que falta (de lo desgravado anteriormente).

Saludos.
 
A
ampeinado
24/11/2004 08:34
Por lo que yo sé, todo el dinero que se destine a la compra de una vivienda es desgravable en la declaración de la renta. De todos modos, no quiero asegurar nada. Asi que hacia el mes de mayo o así del año que viene, podemos volver a incidir en el tema. Ana
 
D
delcajo
23/11/2004 19:55
A mi tambien me gustaría saber si podemos desgravar en la declaración de hacienda el dinero aportado al capital social y a los locales comerciales porque de no ser así y tener que sacar un montón de pasta de la Cuenta Ahorro Vivienda para entrar en la cooperativa puede que llegue el año que viene hacienda con las rebajas y tenga que pagar un "huevo" de pasta y no esta la cosa como para gastos extra.
A ver si alguien me pudiese informar.
Gracias y un saludo. Agur.
 

Fin del hilo
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