combaia dijo:
Hombre, yo "hasta donde haga falta" tampoco voy a llegar eh, y estoy en contra de la piscina. A mí, con que no me hagáis pagar, no me ensucien mucho los cristales las obras, y os comprometáis a no hacer mucho ruido y respetar las siestas en el sofá...me valdría.
Hola vecino,
Según la Ley de Propiedad Horizontal (Artículo 11), el disidente se puede negar a pagar la piscina o a sufragar su mantenimiento. Pero según el Artículo 17 se computarán como votos favorables los de aquellos propietarios ausentes de la Junta, debidamente citados, quienes una vez informados del acuerdo adoptado por los presentes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 9, no manifiesten su discrepancia por comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad en el plazo de 30 días naturales, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción
Es decir, que si no votas EN CONTRA de la piscina, te pueden obligar a pagarla. Si no puedes asistir a una hipotética reunión donde se propusiera su instalación, deberías de comunicar tu voto por BUROFAX al administrador antes de 30 días.
Al margen de ese detalle, la Sentencia del Tribunal Supremo, que crea DOCTRINA JURISPRUDENCIAL es bien clara al respecto. Yo espero que se respete la ley y se exija unanimidad. Pero si hubiera algún interés fraudulento en que se aprobase por mayoría simple o por 2/3, no tendría ninguna duda en juntarme con quienes estuvieran disconformes para impugnar judicialmente el acuerdo.
Va clarísimamente en contra de la ley que se apruebe piscina SIN unanimidad, y para el que ha dicho antes "Dado que sólo existe una sentencia aún no se a creado Jurisprudencia, por lo que en principio este criterio no tiene por qué obligar a las Audiencias Provinciales a adoptar el mismo criterio", es que le han informado MUY MAL, porque el fallo del TRibunal Supremo dice claramente "DECLARAR COMO DOCTRINA JURISPRUDENCIAL", por lo que tiene fuerza de ley y obliga a todas las Audiencias Nacionales a adoptar el mismo criterio.
Espero que no haya que llegar a juicio. El administrador debería de saber además que si consiente dicha aprobación sin unanimidad, a sabiendas de la Doctrina Jurisprudencial existente, puede ser denunciado ante el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid, con lo que se le podría caer el pelo y hasta perder su puesto de trabajo (en la nuestra y en todas las funcas que administre).
En mi opinión será una pérdida de tiempo votar la piscina porque no va a salir, pero si algún valiente quiere intentarlo, que sepa que muchos vecinos vamos a exigir UNANIMIDAD para que se apruebe.
Un cordial saludo.