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¿Qué opciones tienen los cooperativistas tras la sentencia de EDISAN?
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Hola a todos, éste es un correo para la persona que facilitó la copia de la sentencia de EDISAN a mis suegros el domingo y con la que estuve hablando, perdona pero soy un desastre para los nombres.
Como quedé he pasado esa sentencia a algunos conocidos y me comentan varias cosas:
1º.- Que no ha habido reconvención, es decir, que la cooperativa no ha puesto denuncia contra EDISAN. Yo estuve en una reunión, poco antes de la firma de escrituras, y estoy casi convencido de que el abogado dijo que iba a denunciarles.
2º.- De leer la sentencia se ve que el cambio de constructora, según dice el Juez que es lo que vale al fin y al cabo, se debió a enemistad personal entre el presidente de la gestora y EDISAN.
3º.- Hay tres informes periciales, uno de EDISAN, otro vuestro y otro imparcial encargado por el Juzgado. Lo importante es que según el informe imparcial, el más importante, EDISAN se quedó corto a la hora de pedir, es decir, que según el perito y por lo tanto el Juez, deberían haberos pedido más.
4º.- Recurso. No se sabe como están los plazos para lo del recurso, pero dejando eso aparte, según las personas con las que he hablado es muy difícil que se cambien los hechos que se han valorado para dictar la sentencia porque en los recursos no se pueden presentar nuevas pruebas, hay que valorar las pruebas que había en la primera instancia, y esas como se ve son completamente desfavorables.
5º.- Dinero. En estos momentos estáis condenados a abonar una cantidad ciertamente importante, es cierto que si EDISAN no pide la ejecución de la sentencia (y no lo va ha hacer) no hay que abonar en el momento de interponer el recurso ninguna cantidad, pero también es cierto que si no se hace estáis condenados a pagar intereses de mora, es decir, que si no ganáis el recurso (y por lo que me hemos comentado tenéis pocas posibilidades) dentro de unos años tendréis que pagar las cantidades de ahora mas los intereses legales (hoy son un 4.25% [www.derechofacil.net/izq/ipc2.html> anual pero han llegado a estar por encima del 7%). Hay que tener en cuenta que si la cooperativa no tiene fondos suficientes, que normalmente no los tiene, los cooperativistas tenéis piso, es por eso por lo que no piden la ejecución ahora y esperan a sentencia firme.
6º.- Decisión. Arriesgarse o pagar.
7º.- Me comentó este vecino que quería que la votación fuese nominal, se puede exigir, y están obligados ha hacerlo así. En caso de que no quisieran tenerlo en cuenta, se puede llegar incluso a impugnar el acta, por lo que nos acuerdos no serían válidos hasta que lo decidiese un Juez. Incluso tienen obligación de admitir los votos de las personas que no asistieran cuando se notifique el acta.
8º.- CMS. Próximamente se va a cumplir un año de la entrega de los pisos y muchos tenéis desperfectos, incluso en las zonas comunes. Hay dos procedimientos: a.- Reclamar después de cumplido el año, y entonces serían vicios ocultos, habría que pedir informes periciales (y mirad como os ha ido con los anteriores) y después ir a juicio. b.- Reclamar fehacientemente, burofax o notario, antes del año, os encontraríais en periodo de garantía, se evitarían informes periciales y el procedimiento judicial, si lo hubiera, sería mas corto.