Creo que te has liado un poco con el tema de las desgravaciones, a ver si con estas explicaciones puedo ayudarte:
Lo primero es que el tema de los tres años a tí no te afecta puesto que no tienes firmada ninguna hipoteca todavía. En la Ley del IRPF y su correspondiente Reglamento, lo que dice es que si tienes derecho a deducirte en la compra de la vivienda por financiación ajena (es decir, que el préstamo que pides al banco debe ser como mínimo el 50% del valor de la vivienda para poderte desgravar conmo financiación ajena y por lo tanto los porcentajes son más elevados), no debes de amortizar más del 40% en los tres primeros años de vida del préstamo.
Pero como te decía antes este no es tu caso.
Lo segundo que quería decirte, es que si deseas pagar la segunda plaza de garaje, puedes hacerlo perfectamente. Lo que no sé es si soys una persona la que compra la vivienda o dos. El máximo que marca la LIRPF como base de deducción es 1.500.000 ptas (9015.18 euros), así que ya puedes hacer cálculos de lo que vas a pagar puesto que la cantidad de dinero que pagues será tu base de deducción. Si soys dos personas y hacéis la declaración individual esa base correspondería a cada uno.
Espero haberte ayudado, pero si tienes alguna duda más no lo dudes y pregúntamelo, te ayudaré encantada.