La normativa vigente prevé dos procesos para que usted pueda disfrutar con total garantía de las ventajas del gas natural. Estos dos procesos deben realizarse aproximadamente CADA CUATRO AÑOS:
La inspección periódica de las partes visibles de la instalación es una obligación de la empresa suministradora, Gas Natural SDG, que se encarga de realizarla a través de una empresa expresamente contratada para ello, Gas Natural Servicios SDG.
La revisión periódica de su instalación y aparatos de gas es una obligación que le corresponde a usted como cliente. En esta revisión le extenderán el Certificado de Revisión, que es necesario para mantener el suministro y que le será solicitado en la inspección.
Si no lo tiene o ha caducado, debe ponerse en contacto con cualquier empresa instaladora autorizada por los diferentes organismos competentes de cada comunidad autónoma.
Si lo prefiere y para mayor comodidad, le ofrecemos realizar la revisión al mismo tiempo que la inspección, a un precio muy económico. Sólo tiene que solicitarlo cuando pasemos a realizar la inspección.
¿EN QUÉ CONSISTE LA INSPECCIÓN PERIÓDICA Y LA REVISIÓN PERIÓDICA?
Gas Natural Servicios SDG le facilita la revisión de su instalación de gas que de acuerdo con la normativa vigente, cualquier usuario de gas natural debe hacer revisar aproximadamente cada cuatro años por una Empresa Instaladora Autorizada.
Para que esto no suponga ninguna molestia para usted, en tan sólo unos minutos, uno de nuestros técnicos especialistas realizará una completa revisión de su instalación y le extenderá el Certificado de Revisión que exige la ley y que garantiza que su instalación está en perfectas condiciones.
Su labor está avalada por el Grupo Gas Natural, la mejor garantía para que disfrute de todas las comodidades de nuestra energía.
http://portal.gasnatural.com/servlet/ContentServer?gnpage=1-0-2¢ralassetname=1-0-BloqueHTML-61 SON 4 AÑOS NO 1, POR LEY,asi que me lo puede explicar esto alguien?