Buenos días
he encontrado un Real Decreto sobre la protección de los consumidores en cuanto a la información a suministrar en la compraventa de viviendas, no es que aclare mucho las cosas, pero os facilito un link a la página para que le echeis un ojo, ya sabeis que nunca viene mal estar informado.
http://civil.udg.es/normacivil/estatal/contract/RD515-89.htm Por otro lado, ¿alguien sabria decirnos si podemos negarnos a coger la vivienda hasta que Endesa y Emasa nos aseguren que podemos contratar la luz y el agua y hasta que nos arreglen los fallos que encontremos en nuestras casas?
Gracias y un saludo