Como todos conocéis, al ser un tema tratado tanto en el foro como en las reuniones de vecinos realizadas hasta la fecha, la promotora está intentando que los clientes firmen una nueva memoria de calidades, la cual contiene algunos cambios con respecto a la primera que se firmó como anexo en los contratos de compraventa, realizados hasta una determinada fecha.
Tal y como opinamos todos los asistentes, la principal desventaja que se veía a primera vista en los nuevos sanitarios marca Roca, con respecto a los Duravit que nos iban a instalar, consistía en que el asiento y tapa del inodoro colocado, marca Roca, eran de caída convencional. Si bien al mostrar dicha disconformidad, se nos informó de que el motivo del cambio había sido el tamaño, asegurándonos de que dicho modelo marca Roca no disponía de un asiento y tapa amortiguadas (tal y como lo iba a tener el modelo Duravit que se nos mostró e informó desde un principio como sanitarios de la totalidad de baños de la vivienda).
Pues bien, tras solicitar presupuesto en establecimientos, nos informaron de que Roca sí dispone de asiento y tapa amortiguada para dicho modelo de inodoro, siendo la única diferencia, económica por supuesto, de 40 euros + IVA.
Al ver dicha incongruencia e insignificancia en la diferencia de precio entre dicha “tontería” o prestación del inodoro, seguimos con la “investigación”, momento en el que para nuestro asombro vimos como el PVP del conjunto de sanitarios Roca (1 lavabo + 1 bidé + 1 inodoro + 1 cisterna vertical + 1 asiento y tapa de caída convencional) es de TRESCIENTOS NOVENTA Y SIETE EUROS CON NOVENTA Y SIETE CÉNTIMOS (397,97), mientras que el de las mismas piezas pero del conjunto de la marca Duravit, que nos dijeron que íbamos a tener y firmamos en la memoria inicial de calidades con el contrato de compraventa, asciende a DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE EUROS CON SETENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (2539,79). Una diferencia de nada más y nada menos que… de unos DOS MIL CIENTO CUARENTA Y UN EUROS CON OCHENTA Y DOS CÉNTIMOS (2141,82) por las 3 piezas de un baño
Ahora ya entendemos la diferencia…
Según la oficina del consumidor, indican que la promotora no puede obligar a los compradores a firmar una nueva memoria de calidades, y que si se firmase una nueva se daría el consentimiento expreso a la promotora a realizar tales cambios.