Julioji, no quisiera darte información errónea, por que mis conocimientos fiscales están un poco "oxidados", pero te puedo comentar que es una deducción a la que se tiene derecho por "retornos coopertivistas",y es un 10% del total percibido.
Para que lo entiendas: la cooperativa ya ha pagado sus impuestos por los dividendos obtenidos, y luego también los pagamos nosotros individualmente, para paliar esa doble imposición esta la deudcción a la que haces referencia.
En cualquier caso esa deducción te "beneficia".
Espero haberte sido de ayuda.
Saludos.