Venia en el coche pensando en el tema que he comentado hoy en la reunión, el hecho de que a pesar de que alguno/s decidamos no presentarnos al sorteo de viviendas, nos sería adjudicado un piso A TODOS de todos modos mediante un sorteo, y no recordaba quien o de donde lo habia leído;
pues coged el dossier que nos facilitaron con los planos de las viviendas que entraban en el sorteo y en la hoja "Bases para la celebración del sorteo", último párrafo del punto 2 (celebración del sorteo):
"En caso de no asisitir, por si o representado, al sorteo, el notario procedera a asignar, mediante extracción de papeleta, a cada uno de los no asistentes una de las viviendas que no hayan sido seleccionadas por los participantes en el sorteo, siguiendo el orden de asignación especificado en el parrafo 3º del..."
O sea, si vas al sorteo, eliges vivienda, si no vas, te asignan una de todos modos;
esta por ver que pasa con la que te asigne el notario: habra que rechazar el piso que ya de antemano no se ha querido al no presentarse al sorteo? habra que comunicar a la EMVS de antemano o a posteriori al sorteo el rechazo a la vivienda o al susodicho sorteo?
Y comento esto sin querer ofender a los que hayan decicido ir al sorteo, que todo su derecho tienen.
Salu2
Editado por Ruin4u 16/09/2010 23:08