¿Alguien sabe cómo va el tema de la expropiación?
El 17 de diciembre ya salió en la TV de la Pobla
http://www.lapoblatv.net/index.php?option=com_content&task=view&id=1997&Itemid=33 el tema de que había que hacer los accesos. Si en la TV ya lo sabían, imagino que de tiempo antes en el Ayuntamiento ya habrían empezado algún trámite.
El tiempo pasa y no informan desde el Ayto...
El procedimiento general de la expropiación tiene cuatro fases, la declaración de utilidad pública o interés social, el acuerdo de necesidad de ocupación, la determinación del precio justo y el pago y la toma de posesión. En el tema de los terrenos que se encuentren afectados por la ampliación de la carretera, imagino que las fases de utilidad pública y el acuerdo de necesidad de ocupación ya estará más que tramitado, así que imagino que el tema estará parado en la determinación del precio justo, pero de todas formas… voy a poner el trámite completo.
Primero de todo la Administración debe presentar una relación de bienes que considera necesarios para las finalidades de la expropiación. Esta relación debe someterse a información pública durante un plazo de 15 días. Los titulares de los derechos que puedan estar afectados se pueden personar y pueden plantear todo tipo de objeciones formales y de fondo, entre las cuales pueden proponer una configuración alternativa del proyecto (proponer un trazado alternativo de la carretera que consideren más adecuado desde criterios técnicos o ecológicos, por ejemplo).
Una vez se han recogido y atendido todas las alegaciones presentadas, el Ayuntamiento debe resolver sobre la necesidad de la ocupación, acuerdo que no podrá se recurrido en alzada, pues las disposiciones de la Alcaldesa o el Pleno de la Corporación ponen fin a la vía administrativa, así que de no estar de acuerdo sólo quedaría la posibilidad del Contencioso Administrativo, que no tiene porqué paralizar la ejecución de las posibles obras.
Determinación del precio justo.
La primera alternativa que propone la Ley de Expropiación Forzosa (LEF) es alcanzar un acuerdo amistoso o mutuo acuerdo, entre el expropiado y el beneficiario. El atractivo de esta fórmula es la efectividad y rapidez en que se obtiene la indemnización.
Si no se lleva a ningún acuerdo en la fijación del precio justo la Administración requerirá a los propietarios para que en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la notificación, presente hoja de aprecio, en la que se concrete el valor en que estimen el objeto que se expropia, pudiendo aducir cuantas alegaciones estimen pertinentes. La valoración habrá de ser forzosamente motivada y podrá estar avalada por la firma de un perito, cuyos honorarios habrán de acomodarse a las tarifas que apruebe la Administración, siendo siempre estos gastos de cuenta de los propietarios.
Quien decide sobre la indemnización y las discrepancias de las hojas de aprecio es el Jurado Provincial de Expropiación, formado por representantes de la Administración y del sector privado (un abogado del estado, un funcionario técnico, por ejemplo un ingeniero de caminos, un magistrado, un notario y un representante de la Cámara Agraria o del Comercio, según el caso)
La administración intentará trabajar con valores fiscales (por debajo del valor real). Últimamente la jurisprudencia opta por la fórmula del valor del mercado, lo cual me parece más equitativo. Este criterio significa que el precio justo consista en la cantidad que el expropiado necesita para restablecer su situación patrimonial anterior a la expropiación. Además, a este precio justo, la LEF añade un 5% del importe total, lo que se conoce como “premio de afección”, se suma al precio justo y se abona de manera simultánea.
Si la cantidad fijada como precio justo es inferior o superior en más de una sexta parte al que en tal concepto se haya alegado por el recurrente, entonces será susceptible de recurso, por cualquiera de las partes.
Una vez determinado el justo precio se procederá al pago de la cantidad que resultare en el plazo de 6 meses.
Si pasan 6 meses de demora en la determinación del precio justo, habrá que pagar intereses.
Si pasan más de 6 meses en el pago, también meritará interés legal.
Si pasan más de 2 años en el pago, habrá que fijar una nueva indemnización con los mismos criterios y procedimiento.
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[MODO "BOLA DE CRISTAL" & "IRONIC" ON>
- El camino que hay que ampliar está claro, se habrá publicado ya y se habrá puesto en su día en conocimiento de los afectados. En el vídeo sale D.José Jacinto... la notificación ha sido correcta.
-15 días para alegaciones. Don JJ habrá dicho que por él bien, que se amplíe la carretera... pero que quiere dinerito. No creo que se haya molestado en hacer un estudio sobre la viabilidad del camino y la posibilidad de un nuevo trazado menos agresivo con el entorno.
- Intento de Acuerdo... Te doy a tanto el metro cuadrado, que es precio de huerta... ni de coña, a tanto, que es urbano... no conformidad.
- El equipo de abogados, técnicos y maquinaria jurídica de Fadesa habrá presentado un informe técnico de 12000 folios escritos por ambas caras sobre la justificación del precio.
JJ igual ha hablado con un abogado, padre de una amiga de una hija y compañera de universidad. Está muy puesto en el tema, plantará batalla.
- Hay que determinar Precio Justo. Llaman al sucesor en TVE de Joaquín Prats... a no, al Jurado Provincial de Expropiación. Cámara de Comercio dice... Valorado en tanto por ser rústica, tal y como consta en catastro, valor aumentado por urbanización, valor disminuido por ser carretera, daño moral... blablabla... tanto dinero... ¿acepta?, Si, adelante, No, pues recurra, de todos modos adelante.
Tiempo total (si hay ganas) 15+20+6meses+demoras... ¿8 meses?
- Tirar asfalto, pintar y abrir al tráfico accesos 1 mes (a lo sumo)... ¿podrían haber cédulas en septiembre? Pues deberían.
[MODO "BOLA DE CRISTAL" & "IRONIC" OFF>
¿Quien tiene algo de culpa en el tema?...
¿Nos va a dar una alegría la Alcaldesa el lunes?
Se que he contado un rollete, pero es que tengo un examen mañana de Procedimiento Administrativo y he aprovechado para contagiaros con mi aburrimiento.
Salu2