Buenas noches,
Pues os pongo varios ejemplos:
En el Libro del Edificio no aparecen anotaciones del Libro de Órdenes, en las que se explique, por ejemplo, por qué han cambiado la posición de las acometidas a la promoción, desde la calle.
En el Libro del Edificio no están los planos de impermeabilización, cerramiento de la finca, acometidas exteriores,... todos esos planos son necesarios para el mantenimiento y posterior reparación de los edificios.
La altura de la valla del cerramiento de la finca, se ha decidido de forma arbitraria, ya que en los planos de ejecución, faltan cotas (a priori, no se podría construir; Ferrovial habrá usado la versión en AutoCad de los planos y habrán medido ahí, supongo) y no se respeta la altura mínima que aparece en los planos de detalle de la valla, que sí están en el proyecto de ejecución.
La apertura de fisura máxima en hormigón que marca el CTE y la EHE, en nuestro caso, debe estar entre 0,3 y 0,4 mm, dependiendo de si estamos fuera o dentro del edificio. No hace falta tener un medidor de fisuras para ver que los muros de hormigón sin pintar tienen defectos (segregaciones, fisuras) que no cumplen la norma.
Y más cosas, no me quiero extender, porque espero que estén resueltas antes de la entrega de las viviendas.
Por cierto, esta posición que tiene EBROSA relativa a que muchos de los defectos se resolverán en postventa es algo que os recomiendo no aceptar. Si estamos hablando de pequeños defectos de pintura o carpintería (algún rozón), es entendible, pero si una persiana no funciona, una puerta no cierra bien o está muy separada del suelo o hay algún defecto importante, es inaceptable que aceptéis recibir la vivienda así. No hay ninguna obligación legal de hacerlo. El contrato no lo contempla. Si en el día que vayáis a firmar las escrituras no habéis comprobado que se han reparado, previamente, los defectos que consideréis mayores, mi consejo es consultarlo con el notario y que éste refleje, en el acto de firma, los defectos detectados por vosotros, junto con EBROSA, en la visita, para evitar sorpresas en el futuro y que EBROSA no se haga responsable.
Asimismo, os recomiendo que el notario solicite, antes de firmar la escritura pública, los tres seguros obligatorios por ley que deben tener entre EBROSA y Ferrovial (EBROSA: seguro decenal contra defectos estructurales, EBROSA: seguro trienal contra defectos que supongan insalubridad (roturas de tuberías, por ejemplo) y Ferrovial: seguro anual contra defectos de acabados (a esto es a lo que se refiere, en parte, EBROSA cuando habla de su famosa fase de postventa)). Comprobad las fechas de los seguros desde que escrituréis las viviendas: 10, 3 y 1 año y haced copia de las pólizas (la excusa que os pueden decir de que la LOE sólo les pide el seguro decenal no es cierta. EBROSA es responsable legal de los tres seguros que os he dicho, pero, normalmente será sólo tomador de dos de ellos).
Mi consejo es que dejéis todo por escrito antes de firmar las escrituras y, si es posible, ante notario.
Espero haber servido de ayuda.
Un saludo