Mi trabajo no tiene nada que ver con temas fiscales, pero reconozco que este tema me apasiona.
En tu contestación tocas varios temas y creo que los mezclas, como si no lo tuvieras claro, a falta de una opinión mas cualificada que esta, te diré que:
- La cuenta vivienda que tienes, y por la que ya te has desgravado, no puedes volver a desgravarte otra vez cuando aportes ese dinero. Todos podemos desgravarnos en cada año el 15 % de 9500 € (creo que es esa cantidad para el ejercicio 2004). Tu puedes desgravarte por esa cantidad siempre que no proceda de la cuenta vivienda y también puedes amortizar crédito con el dinero de la cuenta vivienda, eso si no puedes desgravarte.
- Respecto a la cantidad que se puede amortizar cada año sin penalización, según lo manifestado en la asamblea, si, es el 25 % del crédito vivo, si lo haces el primer mes pues el 25 % de la cantidad por la que firmas la hipoteca, y que todos sabemos porque nos la han facilitado, y si lo haces dentro de tres meses, pues has de restar las cuotas ya pagadas.
Por ello creo que eres un privilegiado, podrás amortizar crédito y podrás desgravarte hasta el límite, y si en este año te pasas, bien en el 25 %, o bien en los 9500 €, pues ya sabes, lo dejas para el año que viene y todos tan contentos.