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CristinaJ
13/10/2003 08:16

HACIENDA-Urgente

¿Qué debo hacer si llevo más de 5 años pagando un piso sin tener escrituras?

767 lecturas | 5 respuestas
Me he enterado el otro día en Hacienda que no podemos estar más de 5 años pagando un piso sin tener escrituras. Hemos hecho 5 años el 7 de Octubre.La única forma de gestionarlo y no tener problemas con Hacienda es solicitando un escrito a la Cooperativa donde indiquen que en breve nos van a dar las viviendas, etc... el Fax 913223133 a la Att. del Consejo Rector y una vez recibido acercaros a hacienda a presentar este documento. Ojo solo 1 mes para gestionarlo desde el 7 de Octubre. Saludos
 
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CristinaJ
24/10/2003 14:05
No tengo muy claro que hacer. En el caso de que se den cuenta que llevamos 5 años, solamente te hacen pagar la parte proporcional de la declaración de la renta de lo que pagamos el primer año, Asi que supongo que no hare nada y que sea lo que dios quiera. Saludos y muchas gracias
 
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Jalonso
24/10/2003 12:41
Yo estoy en tu misma situación. Pero la ley dice que desde que hiciste el primer pago del piso en 1998 hasta que te costruyan el piso solo pueden pasar 4 años (yo me he enterado ahora). Si se cumple el plazo tienes que solicitar prorroga a hacienda y tienes para hacerlo un plazo de un mes desde que cumplen los 4 años.
Yo estuve en hacienda y me dijeron que no presente ningun certificado, que si lo presento , es probable que revisen el tema y me hagan pagar todo lo desgravado y que si no lo presento lo mas probable es que no se den cuenta.

Por lo que pueda pasar me quedo quietecito.
 
A
atrigo
16/10/2003 18:47
Yo tengo la cuenta ahorro vivienda caducada desde hace un año y no me he preocupado porque ya estoy pagando la vivienda a una cooperativa.
Como dice la ley (mensaje anterios), tendríamos la posibilidad de: 5 años de cuenta ahorro vivienda (ahora son 4) + 4 años de construcción (siempre y cuando podamos justificar que estamos pagando a la cooperativa).

En la declaración de la renta me sigo desgravando en concepto de "construcción de vivienda habitual" y no pienso devolver ni un duro, faltaría más!
Aurora
 
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Jalonso
14/10/2003 12:01
Seguro que el plazo es de 5 años? Mira lo que he encontrado en preguntas frecuentes de la agencia tributaria:

CAPITULO: DEDUCCION INVERSION VIVIENDA HABITUAL (ART. 55.1)


REFERENCIA: CONSTRUCCION: PLAZO TERMINACION OBRAS

NÚMERO: 404 - 13/11/02


CUESTION: EN LOS CASOS DE CONSTRUCCION DE LA VIVIENDA HABITUAL POR PARTE

DEL CONTRIBUYENTE, ¨QUE PLAZO HAY PARA LA TERMINACION DE LAS

OBRAS A EFECTOS DE LA APLICACION DE LA DEDUCCION POR ADQUISICION

DE VIVIENDA HABITUAL?


SOLUCION: CON CARACTER GENERAL,LA TERMINACION DE LA CONSTRUCCION HA DE PRO-

DUCIRSE EN EL PLAZO DE 4 AÑOS DESDE EL INICIO DE LA INVERSION.

SI SE PRODUCE EL INCUMPLIMIENTO DEL PLAZO SE TENDRA EN CUENTA:

A)SI ES DEBIDO A QUIEBRA O SUSPENSION DE PAGOS DEL PROMOTOR JUDI-

CIALMENTE DECLARADAS, EL PLAZO SE AMPLIARA A OTROS 4 AÑOS.

B)SI ES DEBIDO A OTRAS CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES NO IMPUTABLES

AL CONTRIBUYENTE QUE SUPONGAN LA PARALIZACION DE LAS OBRAS, PUEDE

SOLICITARSE LA AMPLIACION DEL PLAZO INICIAL POR OTROS 4 AÑOS, DU-

RANTE LOS 30 DIAS SIGUIENTES A DICHO INCUMPLIMIENTO.

EN EL RESTO DE LOS CASOS SE HABRA PERDIDO EL DERECHO POR LAS DE-

DUCCIONES PRACTICADAS.


NORMATIVA: ARTS. 52.1, 3 Y 4 R.D. 214/99.

 
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Jalonso
13/10/2003 16:25
Buff.
Muchisimas gracias por la información.
Es increible que nos tengamos que enterar por el foro de estas cosas. Ya lo podría haber avisado la cooperativa!!!!
 

Fin del hilo
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