Estos son los requisitos que el Principado para las últimas ayudas concedidas (me imagino que a nosotros será lo mismo):
1.No haber concurrido a la convocatoria de subvenciones a la adquisición de vivienda del años anteriores, excepto que habiendo presentado solicitud en la convocatoria de 25 de mayo de 2007 (BOPA de 19 de junio de 2007) y de 3 de septiembre de 2007 (BOPA de 11 de septiembre), hayan recibido resolución denegatoria por no haberse acreditado el inicio de la amortización del préstamo cualificado a la fecha de presentación de la solicitud o por haber presentado su solicitud fuera del plazo de dicha convocatoria.
2.El precio de la vivienda no será superior al que corresponde a una vivienda declarada protegida por la Comunidad Autónoma.
3.Las viviendas estarán calificadas definitivamente al amparo del Real Decreto 1186/1998 de 12 de junio, del Real Decreto 1/2002, de 11 de enero, o del Real Decreto 801/2005 de 13 de julio.
4.No haber transcurrido, a fecha de presentacion de la solicitud, más de 6 meses desde el inicio de la amortización del préstamo, que habrá de ser hipotecario.
5.Los ingresos anuales ponderados de la unidad familiar no deberán superen 3,5 veces el IPREM (ver Otros Datos de Interés).
6.La cuantía de los ingresos acreditados no deberá ser inferior al 5% del precio de la vivienda.
7.Los adquirentes no deberán ser titulares del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna otra vivienda sujeta a régimen de protección pública, ni sobre una vivienda libre en la misma localidad en la que se sitúa la vivienda objeto de solicitud de subvención, cuando el valor de dicha vivienda libre, determinado de acuerdo con la normativa del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, exceda del 40% del precio máximo total de venta de la vivienda objeto de solicitud de subvención o del 60% en el caso de familias numerosas, mayores de 65 años, personas discapacitadas, víctimas de violencia de género o de terrorismo.
8.La vivienda deberá destinarse a domicilio habitual y permanente.
Y la documentación que exigen es esta:
1.Solicitud en modelo normalizado.
2.Documento Nacional de Identidad o Documento acreditativo de la identidad o Tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.
3.Tarjeta acreditativa del Número de Identificación Fiscal.
4.Certificación municipal de residencia habitual y permanente.
5.Copia de la escritura de compraventa.
6.Copia de la Calificación Definitiva de VPO o de vivienda declarada protegida por la Comunidad Autónoma.
7.Copia de la escritura de formalización del préstamo hipotecario.
8.Certificado bancario en el que conste la fecha de iniciación de amortización de préstamo hipotecario.
9.Ficha de acreedores.
10.Si el solicitante es una persona con discapacidad reconocida oficialmente, además, certificado acreditativo de tal situación.
11.Si el solicitante forma parte de una familia monoparental, además, fotocopia del Libro de Familia o sentencia judicial acreditativa de tal situación.
12.Si el solicitante es víctima de violencia de género, además, resolución judicial acreditativa de tal sítuación.
13.Si el solicitante es víctima del terrorismo, además, documento administrativo emitido por el Ministerio del Interior u organismo competente acreditativo de tal situación.
14.Si el solicitante es emigrante retornado, además, justificación documental de tal situación.
15.Si el solicitante es un joven procedente de centros de alojamiento de menores, durante los 10 años posteriores a su salida, además, certificado emitido por la Consejería competente por razón de la materia.
16.Si el solicitante forma parte de una familia numerosa, además, fotocopia del Libro de Familia.