En referencia a está exención, en la página 6 y 7 de la Ordenanza Fiscal reguladora del IBI hace referencia a los requisitos que piden y la documentación necesaria a aportar para solicitarla.
A continuación podeis echarle un vistazo:
http://www.rivas-vaciamadrid.org/archivos/15-03-07-13-08-59.pdf Me imagino que habrá que informarle al Administrador de ello para que lo pueda solicitar a Gedeco y al Ayuntamiento la documentación necesaria.