La ampliación sólo se realiza en el caso de construcción en curso que, como bien ha dicho nuestro vecino, te dan otros 4 años. En el caso de la cuenta vivienda no ha lugar a ampliaciones, una vez transcurridos los primeros 4 años, el dinero que tengas en la cuenta vivienda debe ir destinado a la adquisición de vivienda. Si es tu caso este último, tu única opción para que no tengas que devolver lo que te han devuelto por cuenta vivienda más la penalización, es entregarlo a Bitango (bueno, a tu promoción) como disminución de hipoteca, vamos que se destina a tu vivienda habitual. Y, claro está, no podrías volver a deducirte esta cantidad como construcción de vivienda puesto que ya te la has deducido antes como cuenta vivienda. Yo, por esto mismo, no me he empezado a deducir de cuenta vivienda hasta la declaración actual. Hasta ahora he estado deduciendo siempre como construcción por las aportaciones que realizaba todos los años.
Y otra cosa, la ampliación de los 4 años más por construcción en curso ha de solicitarse dentro de los 30 días siguientes a la finalización de esos 4 años para que te conceden otros 4 íntegros. Espero haber sido de ayuda.
Toda esta información me la han dado en Hacienda