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david_pipo
04/10/2005 00:01

Mas información VPP

¿Cuáles son los requisitos para acceder a una vivienda VPPL en Arroyomolinos?

1.188 lecturas | 10 respuestas
Buenas noches.

Despues de leer vuestros mensajes he buscado un poco de información porque yo tampoco tenía claro el tema de la figura de protección de las viviendas y de los requisitos a cumplir. Según he podido averiguar, los pisos son del tipo VPPL. A parte del requisito general de no tener en propiedad otra vivienda, los ingresos de la unidad familiar deben ser inferiores a 7,5 veces el IPREM. Este valor se calcula en función del municipio y del número de personas que forman parte de la unidad familiar.

Así, en Arroyomolinos para una pareja este límite rondaría los 60.000 €. Los ingresos para hacer la comparación se sacan de la suma de las casillas 484 y 486 de la renta (declaración 2004) de todos los miembros de la unidad familiar.

Los límites de renta los podeis consultar en el enlace siguiente http://www.madrid.org/oficinavivienda/archivos/calculadorabaseimponible.xls

Los precios máximos de venta de las viviendas de protección los podeis consultar en este otro
http://www.madrid.org/oficinavivienda/archivos/calculadorapreciosmaximos2.xls

Vereis que los precios estan más o menos de acuerdo a lo que hemos pagado por el piso, aunque no he hecho las cuentas detalladas y faltarían por conocer los inetereses finales por el prestamo a la construcción.

Espero haber sido de ayuda. Un saludo
 
E
eltopo
05/10/2005 19:13
Hola vecinos, aunque no este en vuestra promoción pertenezco a zarzalejo, pero lo que os voy a contar nos afecta a todos.
Se trata de corroborar lo que dice gaia en su mensaje anterior, yo he llamado a bitongo y me ha dicho respecto a las vpp, que efectivamente el que tenga vivienda la tiene que vender, y en caso de VPPL no debe sobrepasar los 7.5 el IPREM ( "en torno a los cincuenta y tantos mil euros" palabras textuales), y que podemos acogernos a la declaración de la renta que mas nos convenga la del 2004 o la del 2007("si nos la entregan ese año sino la del 2008).
Por otro lado, dicen que la urbanizadora tiene de plazo hasta finales de año para entregar la obra y aún no han pedido ninguna licencia de obra de ninguna fase. Que los primeros empezarían a construir entre primeros de año 2006 y la primavera.!!Manda guebos!!
Saludos a todos.
Estoy a favor por supuesto de la movilización pero si es este domingo no podré, tendríamos que darnos más tiempo pq es demasiado precipitado, pero solo es una sugerencia.
Saludos
 
L
lomazos
04/10/2005 22:59
ESTO ESTA COPIADO Y PEGADO DIRECTAMENTE DEL REGLAMENTO DE VIVIENDAS CON PROTECCION PUBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID, DECRETO 11/2005 DE 27 DE ENERO.

REGLAMENTO DE VIVIENDAS CON PROTECCIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD DE MADRID
CAPÍTULO 1. LA VIVIENDA CON PROTECCIÓN PÚBLICA
SECCIÓN PRIMERA. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
El objeto de la presente norma es la regulación del régimen jurídico de la Vivienda con Protección Pública establecida por la Ley 6/1997, de 8 de enero, de Protección Pública a la Vivienda de la Comunidad de Madrid.
Artículo 2. Concepto y tipos de Vivienda con Protección Pública
1. Es Vivienda con Protección Pública aquella que, de conformidad con lo establecido en la Ley 6/1997, de 8 de enero, de Protección Pública a la Vivienda de la Comunidad de Madrid, y cumpliendo los requisitos de superficie, destino, uso, calidad y precio máximo que se establecen en el presente Reglamento, y en las disposiciones que lo desarrollen, sea calificada como tal por la Comunidad de Madrid a través de la Consejería competente en materia de vivienda.
2. Son Viviendas con Protección Pública:
A) Las Viviendas con Protección Pública para venta o uso propio, que a su vez pueden ser:
a) 1. Vivienda con Protección Pública Básica (VPPB). Tendrá una superficie construida máxima de 110 metros cuadrados, pudiendo incrementarse si está destinada a familia numerosa, de conformidad con lo dispuesto en la normativa aplicable y sin que pueda superarse los 150 metros cuadrados construidos. Tendrá un precio máximo de venta e irá destinada a personas con ingresos familiares que no excedan del límite que establezca la normativa reguladora del correspondiente Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid.
a) 2. Vivienda con Protección Pública de Precio Limitado (VPPL). Tendrá una superficie construida máxima de 150 metros cuadrados, un precio máximo de venta, irá destinada a personas con ingresos familiares que no excedan del límite que establezca la normativa reguladora del correspondiente Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid y, cuando tenga una superficie construida de entre 110 y 150 metros cuadrados, irá destinada preferentemente a familias numerosas.
 
G
Gaia
04/10/2005 13:03
Perdon, que no he terminiado.
Para vppb (vivienda protegida de precio basico)
la superficie es de 100m2 y los ingresos son de hasta 5.5 veces el iprem.

Bueno lo interesante es que nos pongan por escrito esactamente a que tipo corresponde si vppb o vppl y que se dejen de zarandajas y nos digan cuantos metros cuadrados computan etc.

Vamos que nos ayuden un poquito, no???
 
G
Gaia
04/10/2005 12:48
Hola chicos, he visto en internet un articulo del mundo y pone que para vppl (viviendas de precio limitado) los requisitos son para la cam (comunidad de madrid)
150m2 de uperfici y unos ingresos de hasta 7.5 veces el iprme.
 
P
psl77
04/10/2005 12:15
A ver:
Nosotros no podemos elegir el tipo de calificacion que le van a dar la vivienda. Lo que podemos "elegir" es si queremos que nos tengan en cuenta el salario cuando firmamos con Bitango, o cuando escrituremos (que sera mas o menos entre tres y cuatro años despues de firmar con Bitango). Como es logico en tanto tiempo a la gente le puede ir bien y se puede llegar a pasar del maximo de renta permitida.
En cuanto a cual es el limite, esta en la pagina oficial de la oficina de la vivienda, hay una calculadora. Para saber que cantidades hay que tener en cuenta, en el papel que anualmente os da la empresa para la que trabajais, hay un apartado de ingresos totales... esa casilla es la que hay que tener en cuenta.
saludo.
 
T
ticoyspi
04/10/2005 11:52
joooooooodddddd....

A ver si estoy entendiendo bien, que resulta que en el momento de la firma y según nos venga bien a cada uno le van a dar una calificación a la vivienda???

Yo cada día tengo más lío con este tema.

Saludos y gracias por la/s información/es.
 
G
Gaia
04/10/2005 11:19
Hola chicos, segun me han dicho en bitango nosostros podemos elegir a que ley acogernos segun nos convenga
cuando firmemos el piso, o eso les han dicho a ellos, y sobre los metro me han dicho que eso es cosa de la
direccion facultiva y que si hacen pisos de esos metros es pq se puede pq no todas las parte del piso son computables, osea que aunq tenga 118 si no cuantan algunas cosas pues no se llega a 110.
Me han dicho que hoy van dos miembros a firmar el proyecto de ejecucion para presentarlo al ayuntamientoy que la obra se la entregan a ellos a finales de año.

Bueno de todos modos si alguien lo puede aclarar mas pues somos todo oidos.

Ah por cierto lo de 505 iprem como se calcula , al mes al año, y de nuestro salario que cuanta el s. base o el total , no tengo ni idea, a ver si me lo podeis explicar

Un saludo y ánimo
 
P
psl77
04/10/2005 10:48
Hola David,
La verdad es que no se que decirte. Nosotros tambien creiamos que iban a ser VPPL, pero parece ser que no. Segun dices, efectivamente tendria que ser VVPL por el numero de metros cuadrados, pero no se que decirte, la verdad. Yo en tu situacion llamaria directamente a Bitando a ver que te cuentan.
un saludo.
 
D
david_pipo
04/10/2005 10:18
Entonces hay algo que no entiendo. En mi caso, la vivienda que he adquirido tiene 118 m2 construidos sin contar con garaje ni trastero. Según el nuevo real decreto las viviendas de VPPB tienen un máximo de 110 m2 construidos ampliables a 150 m2 sólo en caso de familia numerosa. Las viviendas de VPPL tienen un máximo de 150 m2 construidos por lo que yo pensaba que este sería el régimen al que nos tendríamos que acoger. (al menos las viviendas de cuatro dormitorios). Sabeís porque el régimen es VPPB y no VPPL? Si alguien conoce las expliacaciones de Bitango por favor que lo indique. Un saludo.
 
P
psl77
04/10/2005 09:40
Aclaracion,
Segun nos confirmo Rafa, de Bitango, son pisos de VPPB, es decir, el maximo de renta de la unidad familiar no debe sobrepasar las 5.5 veces el IPREM. Esto esta confirmado con Bitango, y segun ellos y despues de reunirse con la Comunidad de Madrid, estos requisitos deberan cumplirse, bien a la firma del contrato privado con ellos, o bien en el momento de escriturar la casa, que sera cuando obtengamos la calificacion definitiva de VPP por parte de la Comunidad de Madrid. En cualquier caso, los ingresos siempre han de acreditarse con la declaracion de la renta/certificado de retenciones del año anterior. Es decir, si firmamos con Bitango en 2004, con la renta de 2003 (quien lo elija). La otra opcion seria si nos dan la calificacion definitiva en 2007, habria que presentar la renta de 2006. El maximo son aproximadamente 40.000 euros, segun la calculadora de la oficina de la vivienda y esto es el limite a no superar por unidad familiar. En caso de que la casa este a nombre de una pareja, es el maximo entre los dos.
Como veis no es mucho, sobre todo si no hay que superarlo en dos años... sin comentarios. Confiemos en lo que nos han dicho y esperemos a que nos lo pasen por escrito como mucho de nosotros ya hemos pedido.
Espero haberos servido de ayuda.
Saludos.
 

Fin del hilo
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