Siento no haberme leído antes lo del IPREM y lo de las VPP B Y L.
http://www.lexjuridica.com/doc.php?cat=22&id=1079 a) EL IPREM diario, 15,66 euros. ( cantidad corrrespondiente para el año 2005, establecida por la Ley 2/2004, de 27 de diciembre )
b) El IPREM mensual, 469,80 euros. ( cantidad corrrespondiente para el año 2005, establecida por la Ley 2/2004, de 27 de diciembre ) )
c) El IPREM anual, 5.637,60 euros. ( cantidad corrrespondiente para el año 2005, establecida por la Ley 2/2004, de 27 de diciembre )
d) La cuantía anual del IPREM será de 6.577,20 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias ; en este caso, la cuantía será de 5.637,60 euros. ( cantidades corrrespondientes para el año 2005, establecidas por la Ley 2/2004, de 27 de diciembre )
vppB - 6.577,20 x 5,5 = 36174,6
vppL - 6.577,20 x 7,5 = 49329
Total no va nada de diferencia de una a otra, así que mañana llamaré a Bitango para que me expliquen porque ahora sí hay que cumplir unas condiciones y cuales son respecto al 2004 o al 2008 ( que es cuando nos entregarán las casas si hay suerte )