Yo no quiero entrar en ninguna polemica...de hecho creo que comentar lo que queramos por aqui es bueno para todos porque da ideas, formas de ver las cosas y perspectivas diferentes que siempre son positivas.
Lo que quiero decir es que por supuesto que cada uno responde de su parte proporcional pero que tu cuando avalas algo, cuando aparece tu nombre como aval en el prestamo, por mucho que tu te des de baja en la comunidad, en la sociedad o en lo que quieras, si en ese prestamo aparece que tu responsabilidad acaba cuando acabe el deudor de pagar la ultima peseta, ese es el momento en el que se acaba tu responsabilidad.
Por mucho que tu te salgas de la comunidad, el banco no va a perder garantias salvo que asi se exprese en las escrituras.
Es decir, si pusisera que la garantia se extingue cuando un comunero deja de pertenecer a la comunidad llevarias toda la razon pero es que eso no lo pone.
Pone que se extingue cuando el deudor pague la ultima peseta y en la novacion de 9 de Junio de 2011 en la clausula septima se ratifica integramente la clausula de fianza.