Hola de nuevo,
En primer lugar layger, muchas gracias por la información, y la verdad es q no acabo de entender como les han dicho a los de Zarzalejo I que se algunos van a escriturar por 90m2. El caso es q si tu te lees la legislación bajo la que nosotros no debemos regir que es el PLan 2005-2008 nosotros somos vivienda VPPL, clasificacion que apareció precisamente como nueva en este plan 2005-2008. Esta diferenciación no existia anteriomente creo, o por lo menos es lo q tengo entendido por lo que he leido del tema.
No sé cuando vendieron la fase de Zarzalejo I, pero lo que tengo claro es q no fue en el 2005, y yo creo q la ley aplicable en cada momento es la vigente en el momento de la Constitución de la comunidad de propietarios que de paso es la promotora. En nuestro caso el Año 2005.
Por otro lado decirte que yo no me fio y nunca me fiaré de los rumores, suposiciones, etc, lo unico que hay que hacer es leerse el Plan de Vivienda que nos afecta y la información que te ha proporcionado Bitango y ver si coincide o no, y en caso de duda consultarlo con la CAM.
En cuanto a tu pregunta igonzalez, una cosa es la hipoteca y otra el precio de tasación. En nuestro caso, el precio de tasación máximo de nuestras viviendas será el que diga la CAM en el momento de la entrega,y partir de ahi el Banco decidirá si te da el 80% o 100%, lo normal es que solo te den el 80% del valor de la tasación, pero siempre cabe la posibilidad de que encuentres un banco que te dé más si lo buscas. No tienes porque subrogarte a la hipoteca que te proporcione Bitango a la entrega.
Por último te cito la respuesta de la CAM a una de las preguntas más frecuentes sobre las Viviendas de Protección Pública:
9. ¿Que ayudas se prestan al optar a una Vivienda de Protección Pública?
Las ayudas que presta la Administración a los usuarios al optar a una Vivienda con Protección Pública son:
a. Control técnico de las viviendas
b. Fijación del Precio Máximo Legal de Venta y del Precio Máximo Legal de Arrendamiento, según proceda
c. Establecimiento de requisitos concretos de acceso a cada tipo de vivienda
d. Ayudas Económicas directas a la persona, cuando procede, en forma de Cheque Vivienda, siempre que cumplan determinados requisitos y plazos de solicitud.
e. Desgravaciones en la declaración del IRPF a los inquilinos en caso de arrendamiento, y a los adquirientes, en el caso de uso propio siempre que cumplan determinados requisitos.
Creo que cuando hablabas de subvenciones antes te referías al punto D. Si esto es así estas subvenciones son a nivel particular, y tendrás que solicitarla tu por tu cuenta y ver si la CAM decide que cumples los requisitos para acceder a ella. Los importes de estas subvenciones me parece que van desde los 3.000 Euros pero no sé el máximo. Asi que si te interesa esta subvención lo mejor es que vayas a la CAM a enterarte.
Para más información os recomiendo que visiteis la web de la CAM.
www.madrid.org, en VIVIENDA y ahi tendreis muchas información de todo.
Besos para todos y buen fin de semana.