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M
Mayte y Ruben
18/10/2005 12:27

Cómo se puede descalificar un piso de protección

¿Cómo descalificar un piso de protección oficial en Madrid?

2.498 lecturas | 1 respuestas
Buenos tardes a todos:

Alguien pregunto en el foro ¿cómo se podía descalificar un piso de protección oficial?

A continuación os voy a explicar como e realizado yo esta descalificación:

Mi piso esta situado en Mostoles, os digo el emplazamiento porque no sé si en todas las zonas de Madrid son iguales.

El piso de mi propiedad es de VPPP. ( VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL DE PROMOCION PRIVADA ).

Esta vivienda esta sujeta al articulo de la Legislación de viviendas de protección Oficial del Real Decreto-Ley 31/78 del 31 de Octubre, este articulo establece que, estará sometida a esta legislación de protección hasta los 30 años, contando desde la fecha de calificación definitiva que se otorgo en su momento.( Como mi vivienda la tengo desde hace 20 años, me toca descalificarla para poder venderla al precio que yo crea conveniente)

También esta regulada por los precios máximos de venta, por él articulo 11 y12 del Real Decreto 3148/78 del 10 Noviembre.

Con estos datos que he comentado anteriormente, quiero indicaros que para otros tipos de protección no se como habría que proceder para la descalificación de la vivienda.

Los pasos que tuve que seguir fueron los siguientes:

1º Ir a una delegación del ministerio de la vivienda y solicitar la descalificación.

Documentación que tenéis que entregar.
- Cumplimentar el impreso correspondiente que os darán en la delegación del
ministerio de al vivienda.
- Fotocopia de la escritura de la vivienda.
- Declaración jurada de que no hay inquilinos en la vivienda y que no se perjudica a terceros con la descalificación para la venta.
- Fotocopia de la escritura de cancelación del préstamo hipotecario y en el caso de no haberse pagado el préstamo en su totalidad, habría que pasar esta hipoteca a un préstamo libre sin subvenciones.
- Fotocopia del D.N.I.


2º Tendréis que esperar aproximadamente un mes para que la Comunidad Autónoma de Madrid os mande una carta aceptando la descalificación de la vivienda ( si procede según su criterio), en esta carta os indicaran los pasos a realizar.
En mi caso fueron:
Solicitar del Ayuntamiento de Mostoles un certificado de que la vivienda no tuvo ninguna bonificación por parte del propio Ayuntamiento y si tuvo alguna bonificación económica, devolver esta con sus intereses correspondientes ( estas cuantías las determinaría el propio Ayuntamiento.





3º Solicitar en el ministerio de la Vivienda la descalificación del piso, de la misma manera que en apartado anterior con respecto al apartado económico.
La documentación que tuve que aportar en este organismo fue la siguiente:

- Cumplimentar el impreso correspondiente, que proporciona el propio organismo.
- Certificado del Ayuntamiento.
- Certificado de la entidad financiera que concedió la hipoteca, con la bonificación total económica ( tendréis que hacer la misma operación que en el Ayuntamiento, pagar la bonificación que os concedieron mas los intereses correspondientes) los cuales los determinara el propio Ministerio.
- Fotocopia de la escritura de la vivienda.
- Declaración jurada de que no hay inquilinos en la vivienda y que no se perjudica a terceros con la descalificación para la venta.
- Fotocopia de la escritura de cancelación del préstamo hipotecario y en el caso de no haberse pagado el préstamo en su totalidad, habría que pasar esta hipoteca a un préstamo libre sin subvenciones.
- Fotocopia del D.N.I.

4º Transcurridos aproximadamente unos dos meses y medio a tres, desde la fecha de entrega de la documentación anteriormente citada a la delegación del ministerio de la vivienda, mandan una carta con el importe que tienes que pagar en la entidad financiera a la que ellos te indiquen ( en este importe te desglosan el total de la bonificación que concedieron en su día por ser una vivienda de protección oficial, mas los intereses legales correspondientes).


A partir de aquí no puedo contaros nada mas, ya que me tengo que pasar por el banco a pagar el importe de la bonificación mas los intereses y acércame a la delegación de la Comunidad Autónoma de Madrid para presentar y acreditar el pago de la cuantía económica que os e indicado en este párrafo.
stas son las delegaciones con sus direcciones:

1º Delegación del Ministerio de la Vivienda
C / Braganza S/N ( junto a la plaza Elíptica a hora Fernández Ladreda )
Tlef 91-5804769

2º Esperas la carta de la Comunidad de Madrid y entregas la documentación en:
Ministerio de la Vivienda
Pso/ De la Castellana Nº 112


3º Pasas por el Banco a pagar la bonificación mas intereses ( en la entidad bancaria que te marque la carta del Ministerio) y te diriges a:
Consejeria de Hacienda de la Comunidad de Madrid.
C/ General Martínez Campos Nº 30
Cuándo nos acerquemos a la delegación de Hacienda de la comunidad no sé si habrá que pagar algo mas, yo todavía no me pasado.


Sobre la pregunta que me realizas sobre la caducidad del pago de la bonificación que a enviado el Ministerio, te comento que si tiene caducidad.
Yo recibí la carta el día 4 de Octubre de 2005 y tengo como fecha tope para pagar las bonificaciones mas intereses hasta el día 21-12-2005.
En caso de que no realizar el pago entre las fechas expuestas anteriormente, se tendrá que volver a realizar todo el proceso de nuevo.
Tenemos que darle las gracias a JMDA por darnos toda esta información.
 
N
natyd
09/04/2018 08:19

Hola, muy buenas. Sé que de esto ha pasado mucho tiempo, pero si todavía andas por ahí, me podrías decir cuánto te tecó devolver? Sé que cada caso es un mundo pero me ayudaría para hacerme una idea. A mi novio le endosaron una VPO en la época de la burbuja, apañaron la venta la inmobiliaria y el banco con una hipoteca por el doble de lo que se escrituró el piso. Él era un crio y sus padres no se enteran… Ahora íbamos a venderlo para comprar algo entre los dos y a punto de firmar saltó todo esto a la luz… Iniciamos la descalificación pero cualquier cosa que pueda adelantar me sirve, gracias!

 

Fin del hilo
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