Aquí podeis calcular las rentas máximas vigentes tanto para acceder a yudas como para acceder a vpp
calculadora:
http://www.madrid.org/oficinavivienda/archivos/calculadorabaseimponible.xls instrucciones calculadora
http://www.madrid.org/oficinavivienda/archivos/mcalculdorabase.mp3 ayudas vigentes
http://www.madrid.org/oficinavivienda/archivos/CMDe001205.pdf En resumen no se debe superar en ningún caso 5.5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples. Y se tiene acceso a las siguientes ayudas (porcentajes sobre el precio total de la vivienda)
— Un 10 por 100 si el adquirente o promotor individual para uso propio tiene ingresos familiares de hasta 2,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples.
— Un 7 por 100 si el adquirente o promotor individual para uso propio tiene ingresos familiares de entre 2,5 y 3,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples.
— Un 5 por 100 si el adquirente o promotor individual para uso propio tiene ingresos familiares de entre 3,5 y 5,5 veces el indicador público de renta de efectos múltiples.
— Un 10 por 100 si el adquirente o promotor individual para uso propio es titular de familia numerosa.
Espero que os sea de ayuda, un saludo a todos.
p.d: podríamos proponer la instalación de placas solares en las azoteas para obtener la subvención del 1 por ciento del total de la obra como promotores y ahorrar en gastos de comunidad además de ayudar al medioambiente.