Los estados miembros de la UE no podrán legislar en contra de la dación en pago en un futuro
Los estados miembros de la Unión Europea (UE) no podrán legislar en contra de la dación en pago en el futuro si las dos partes firmantes de una hipoteca -el banco y el cliente- así lo acuerdan en la firma del contrato. Salvaguarda una fórmula que actualmente en países como España se puede comercializar como así recoge la Ley Hipotecaria. Ésta es una de las novedades que incluye la nueva (y primera) directiva europea sobre hipotecas a futuro. El Parlamento Europeo (PE) y el Consejo han llegado a un principio de acuerdo para dar luz verde a esta norma, que da a España y el resto de estados miembros dos años para adaptarla a su legislación nacional.
Publicada
23/4/2013
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El Mundo