El cambio de uso de vivienda turística a residencial puede ser ilegal
Según la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA), el cambio de uso de vivienda turística a residencial sería ilegal si no se acredita correctamente la temporalidad del arrendamiento. A juicio de su director general, José Ramon Zurdo, el nuevo arrendamiento no puede ser realizado a través de la figura del arrendamiento de vivienda, porque la duración de estos, si el inquilino quiere, puede llegar a alcanzar plazos de cumplimiento obligatorio de 5 a 7 años.
Publicada
26/5/2020
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