Hacienda complica la tributación de los pisos turísticos
Según la Dirección General de Tributos, la ley del IRPF "obliga a imputar rentas sobre los bienes inmuebles urbanos que no estén afectos a actividades económicas, ni generen rendimientos del capital, excluida la vivienda habitual". Por tanto, la clave de los pisos turísticos es conocer si sus rendimientos se entienden como capital inmobiliario, o como actividades económicas.