He estado echando un vistazo al impuesto de actos jurídico documentados y en el artículo de exenciones indica que están exentos de tributar por este impuesto las escrituras públicas de VPO, pero no dice nada de VPP.
Lo he comentado con vecinos de Abedules II que han tenido este problema y lo han consultado con un abogado y al parecer nos va a tocar pagar, porque efectivamente las VPP no están exentas de este impuesto.
En Dimora me han dicho que en la reunión del año pasado ya nos avisaron de que a lo mejor nos lo reclamaban, pero yo no me acuerdo de que se tratara este tema.