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J
jluis37
08/05/2007 23:59

a los de las Fases 3 y 4:

¿Cuáles son los gastos adicionales a tener en cuenta al comprar una vivienda?

1.159 lecturas | 11 respuestas
Los de las fases 5 y 6 os agradeceríamos mucho que nos informarais sobre esos gastos que no están claros en ningún sitio pero que tendremos que afrontar sin rchistar porque así lo hemos firmado.

Me refiero, sobre todo, al Impuesto Municipal de Plusvalía (cuyo nombre oficial es más enrevesado) así como los de la gestión de inscripción en el registro y los de la "obra nueva" referida a la plaza de garaje, por citar algunos de los gastos que aparecen en el contrato.

El resto de gastos, los tengo más o menos claros (tirando por lo alto): Notario (unos 600€), Registro (unos 300), Actos Jurídicos (1000), subrogación a la hipoteca del promotor (160)...

El caso es que un día alguien de la fase 2 dijo que estos gastos ascendían a 5.600 euros pero yo hago números y no me sale una cantidad tan elevada.

Si alguien nos puede alumbrar le quedaré muy agradecido.
 
M
Macsystem
17/05/2007 20:51
Con respecto a los gastos, sería importante que verificaseis bien lo que pone en vuestros contratos, ya que con independencia de que el impuesto de plusvalía corresponda al vendedor, en mi contrato, pertenece a la promoción de c/Belfast 13, en la clausula tercera del mismo, en el segundo parrafo dice: "Todos los gastos e impuestos que se deriven de la compraventa, serán de cuenta de la parte compradora, excepto el Plus Valía si lo hubiere" .
Por otra parte parece ser que, pretenden una aportación de 200 € como provisión de fondos de la comunidad , , he comprado y/o vendido apartamentos turísticos o viviendas, a lo largo de los últimos treinta años en Madrid, Aragón, Andalucia, Castilla la Mancha y Comunidad Valenciana, siendo esta la primera vez que me piden dicha provisión al escriturar, consdiero que no estamos obligados a pgar cantidad alguna hasta que no se apruebe el presupuesto de gastos en la Primera Junta de la Comunidad de Propietarios, en la que quedará constituida ésta formalmente, y se aprobará o nó el presupuesto de gastos que presente el administrador nombrado por la empresa gestora, y se ratifique o nó el nombramiento del mismo.
Es importante no pagar dicha cantidad al escriturar, remitiendo cualquier pago a realizar a que la Comunidad de Propietarios aprube el correspondiente presupuesto, ya que su pago podría representar un reconocimiento de hecho del presupuesto de gastos y administrador que pretenda imponernos el promotor.
Saludos
 

Fin del hilo
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