En mi contrato, sí:
Estipulación TERCERA,letra j):
..." el resto (.....) (íntegramente precio) y, en principio y sin perjuicio de lo que más abajo se indica. mediante la subrogación (a la forma de la escritura pública de compraventa y por estipulación que en ella figurara) por parte del COMPRADOR en todas las obligaciones (abono de principal, intereses, gastos y tributos que se originen por su cancelación, etc) garantizadas por el préstamo hipotecario que P.P.P. haya concertado ...."
O sea, que si se quiere cambiar de hipoteca, hay que subrogarse y cancelar. O eso entiendo yo.
Saludos.