Pues me explico.
Al principio de los tiempos DAE pidio un credito a CJM de unos 1.000 millones para realizar la obra.
Tan pronto como la obra se esta acabando ( ahora ) se realiza lo que se llama ´Division Horizontal´ de la vivienda.
Es decir, que se inscribe en el Registro de la Propiedad cada una de las viviendas como parte independiente.
La ´nota simple´ es la hoja que te dan previo pago de 3´40 euros ( o 12 por internet ),en donde aparecen especificados todos los detalles de la vivienda ( metros construidos,utiles,division,direccion,numero de trastero,.....) y cual es la carga hipotecaria que tiene este piso ( lo que quede de pagar de los 1.000 millones dividido entre los 231 vecinos ).
En un mundo ideal el importe de la hipoteca que aparece en la ´nota simple´ tendria que ser la misma que aparece en tu contrato,pero puede tener una variacion de +/- 10%.
(esto tambien viene en el contrato).
Si lo que aparece en la ´nota simple´ es mas de lo que te dijeron , te daran un cheque con la diferencia.
Si lo que aparece en la ´nota simple´ es menos de lo que te dijeron , les tendras que dar un cheque con la diferencia.
Sobre la ´cancelacion registral´ me refiero a lo que tendremos que pagar todos los que no queramos la hipoteca de CJM , siempre y cuando nos nos quieran endosar tambien los gastos de cancelacion de subrogacion ( suele ser un 1%).
Imagino que todo lo que nos cobren lo podemos reclamar a la vez que las indemnizaciones por retraso,dado que es ilegal obligarte a subrogarte a un prestamo suyo.
Espero que lo entendais todo,si no es asi, me lo decis y os aclaro todo lo que sea necesario ;0)