De momento te aconsejo que vengas a la reunion de hoy domingo, te enteras de muchas cosas hablando con los demás.
Por el tema que preguntas te tengo que decir que si miras tu contrato veras que sí tienes derecho a indemnizacion lo que no tengo tan claro es la fecha en la que empieza a contar. Unos dicen que a partir de enero y otros a partir de marzo, de cualquier manera este tema tendrias que dejarlo correr hasta la entrega de llaves (nos lo aconsejo el abogado). DAE por su parte ya nos ha comentado a varias personas que les hemos preguntado por las indemnizaciones que tendremos que reclamarlas judicialmente. Lo suyo seria reclamarlas o bien por portales o todos a una y a nivel particular los que esteis pagando alquiler , guardamuebles o algun gasto en la que la entrega tarde os perjudique teneis derecho a reclamar estos gastos. (hay sentencias a favor de estas reclamaciones).
Espero haberte ayudado
Salu2