Volver al foro
M
MARTINA
30/11/2004 19:20

TENDER EN EL EXTERIOR

¿Cómo puede un grupo de trabajo de estética decidir sobre algo tan importante que afecta a 231 personas?

9.104 lecturas | 50 respuestas
Me he enterado de que el grupo de trabajo de "estética" quiere que se pueda tender en todos los patios: exteriores e interiores. No entiendo como nueve personas pueden decidir sobre algo tan importante y que afecta a 231 personas. Hay que contar en primer lugar, que tender en el exterior está prohibido por el Ayuntamiento de Madrid. En 2º lugar, que estéticamente queda espantoso y que no hay una sóla comunidad nueva que tienda en el exterior y que además una vez que se permita tender en el exterior quizá alguien considere que es mejor tender en el salón que le da más luz. Cuidado con lo que se decide y sobre todo, nunca 9 personas pueden decidir algo tan importante.
 
M
Muad_dib
11/12/2004 09:53
Los amores reñidos son los mas queridos, Pepe le voy a decir a tu mujer que se va enamorando gente de ti, que te ate corto.
 
B
bbmenos
10/12/2004 15:52
Mira preocupado, de infiltrado nada, hablo con conocimiento de causa y si tambien te das por aludido, es un problema tuyo, quizas seas tu el infiltrado y el que pretendes torpedear el trabajo de otros, ¿tu estas apuntado a alguna junta de trabajo?
 
P
PREOCUPADO
10/12/2004 15:43
Pepe, este "señor" debe ser otro de esos infiltrados que quiere torpedear el foro y crear malos rollos y malestar. Intenta pasar de él/ella porque parece no merecer la pena.

Bbmenos, sólo voy a hacerte un pequeño comentario a lo que dices: si opinar la contrario a lo que tú opinas sobre cualquier tema, en este caso relativo a una decisión de comunidad de vecinos, te parece ser de "subnormal", mírate tu propio ombligo y reflexiona al menos una vez en la vida.

Saludos Pepe.
 
P
PREOCUPADO
10/12/2004 15:42
Pepe, este "señor" debe ser otro de esos infiltrados que quiere torpedear el foro y crear malos rollos y malestar. Intenta pasar de él/ella porque parece no merecer la pena.

Bbmenos, sólo voy a hacerte un pequeño comentario a lo que dices: si opinar la contrario a lo que tú opinas sobre cualquier tema, en este caso relativo a una decisión de comunidad de vecinos, te parece ser de "subnormal", mírate tu propio hombligo y reflexiona al menos una vez en la vida.

Saludos Pepe.
 
B
bbmenos
10/12/2004 15:19
Siento Pepe que te des por aludido
 
B
bbmenos
10/12/2004 15:10
Mensaje a todos los que criticais a las juntas de trabajo, que baje cualquier Jueves a las 8:30 y que lo diga, son gente altruista que pierden su tiempo y dinero, llamadas,etc, y no piden nada a cambio, solo mirar por la comunidad y ser lo mas imparcial posible, con respecto a lo de tender en el exterior todo absolutamente todo lo que se esta mirando son borradores para ver si se puede hacer, nadie ha decidido nada y tiene que pasar el filtro de la junta de gobierno y de todos los vecinos en la aprobacion de estatutos. Con respecto a las ordenanzas municipales, tienen muchas interpretaciones, y si se puede aprobar algo que cumpla las normativas y que nos beneficiemos todos, creo que no habra ningun subnormal que diga lo contrario a no ser gente que no tenga nada que hacer nada mas que criticar sin conocimientos que es lo mas facil y lo mas cobarde.
 
P
PREOCUPADO
09/12/2004 22:04
KAOS30, eres un crack. Joder, compadezco a tus convecinos de la fase III. Creas jurisprudencia e interpretas las leyes de obligado cumplimiento para todo mortal a tu "rollito" y como mejor te parece. Me reitero, eres un crack. Además, ya les estás dejando claro a tus convecinos que tú vas a poner el tendedero en el exterior de tu casa, porque sí, y punto, es decir, o dicho de otra manera, porque te sale de los pinrreles. En fin, que se vote lo que se vote en tu comunidad al respecto, tú lo pondrás porque eres más chulo que nadie.
No te voy a dedicar más tiempo porque no vales la pena, y te recuerdo que deberías estar preocupado por los temas de tu futura comunidad, y no los temas de NUESTRA comunidad, que no te afectan ni te deberían preocupar.

 
P
PREOCUPADO
09/12/2004 22:01
KAOS30, eres un crack. Joder, compadezco a tus convecinos de la fase III. Creas jurisprudencia e interpretas las leyes de obligado cumplimiento para todo mortal a tu "rollito" y como mejor te parece. Me reitero, eres un crack. Además, ya les estás dejando claro a tus convecinos que tú vas a poner el tendedero en el exterior de tu casa, porque sí, y punto, es decir, o dicho de otra manera, porque te sale de los pinrreles. En fin, que se vote lo que se vote en tu comunidad al respecto, tú lo pondrás porque eres más chulo q
 
W
Winston
09/12/2004 16:45
Habla solo de Fachada o de fachada interior y exterior.

Porque si solo habla de fachada todo es fachada.

Que bien me ha quedado

Saludos
 
M
Muad_dib
09/12/2004 16:37
Preocupado, la ordenanza no habla de patios interiores, alude solamente a las fachadas.

Salu2
 
C
clamide
09/12/2004 13:00
Si has sido educado hasta ahora, porque no puedes serlo un poco mas y esperar unos dias que se os convoque...
 
O
oscars
09/12/2004 12:41
Pues algunos ya pueden ir quitando sus tendederos digo yo,sino me sumare a la fiesta y pondre yo el mio tambien,Porque o todos moros o todos cristianos.
 
P
PREOCUPADO
09/12/2004 11:52
Querido amigo de la fase III KAOS30. Existe una ORDENANZA MUNICIPAL que PROHIBE EXPRESAMENTE, en su artículo 32, apartados 4 y 6, TENDER ROPA NI EN FACHADAS NI EN PATIOS INTERIORES NI EXTERIORES. Luego la conclusión es clara, ningún acuerdo de comunidad de vecinos puede llevar a la colocación de los susodichos tendederos, ya que estaría frontalmente EN CONTRA DE UNA ORDENANZA MUNICIPAL.
Y lo de "Piensa que lo más importante es tu casa, no lo que se pueda ver por una esquinita del edificio" sobra. No son temas incompatibles el pensar estar agusto en tu casa y no joder la estética de la fachada. Siento que sea un tema que te parezca "pijo", pero sólo date una vuelta por nuestro barrio de Valderribas ( no hace falta que te vayas hasta el barrio de Salamanca, Chamberí o Retiro ) y haces un recuento de cuántos edificios tienden la ropa en el exterior de sus viviendas, ya sean fachadas o patios interiores/exteriores.

De todos modos, te reitero la ORDENANZA MUNICIPAL a la que hago referencia la tienes disponible en la página de internet del Ayuntamiento de Madrid, en la dirección http://www.munimadrid.es/Principal/Ayuntamiento/

Saludos.

 
C
clamide
09/12/2004 11:23
Como la discusion parece divertida, vamos alla.
Es sencillo, la normativa dicta unas directrices que la ropa no puede ser vista desde el exterior. Esto es modificable para evitarlo, se vota y si la mayoria asume una posicion, a respetarla todos.

Ahora mi opinion, si tenemos problemas de luz y te cuelgan fuera pues mira que bien, si por mi comodidad mojo al de abajo los cristales, tambien que bien y estaria en su derecho de protegerse, ejemplo en 24h se pone un tejado anclado a la fachada exterior como los aires acondicionados, como los pongo yo para protegerme, el material tambien, lo hago recto y solido. Lo que facilita el acceso a la vivienda de arriba y empieza la "fies".

Hemos comprado unas viviendas con unas caracteristicas, lo normal es atenerse a la vivienda, no invadiendo los espacios comunes, pues lo que tu considera un poco es la puerta para un poco mas y asi se entra en una espiral. Muchos nos hemos adaptado a lo que tenemos y en prevision de futuras incorporaciones familiares, seguimos adaptandonos para no interferir con la vida de mis vecinos, eso si, yo respeto pero si tu no lo haces la opcion esta clara.

Mas ejemplos si vierte agua al exterior de a.a., entonces se puede verte encima de tu aire, por ejemplo agua fuerte que muy pocas pinturas aguantan, si los colocas en la fachada comunitaria y lo pones a la altura de la vivienda de tu vecino, soportara los pocos o muchos ruidos y vibraciones de la maquina, pero no tiene porque soportarlas pues el no te molesta,las ideas para molestar son tan infinitas como vecinos, si no agredes no tienes por que esperar que seas agredido, leyes basicas de convivencia, pero si destapas la caja de pandora por comodidad....

Lo del aire colocado por encima de su vivienda, espero que si me lee el que lo ha hecho lo modifique y evitamos tener que indicarselo por carta, personalmente y enfados de vecinos.

Un saludo.
 
P
PREOCUPADO
09/12/2004 10:06
Querido amigo de la fase III KAOS30. Me vas a permitir que te comente mis opiniones sobre tus comentarios:

* Que frente a nuestro edificio haya uno que tienda excepcionalmente fuera la ropa no quiere decir nada. Te puedo poner mil ejemplos de edificios nuevos ( la inmensa mayoría de los mismos ) que tienden dentro de sus casas, en unas zonas que en las casas se han venido llamando "tendederos". ¿ entiendes el concepto al que se refiere dicha palabra ?.

* La ropa tendida en los tendederos de cada casa también se seca. Si no te fías, te pasas por mi casa y te enseño un tendedero de techo, en el que la ropa se seca bastante bien.

* LLevo años utilizando también secadora y la ropa no se estropea ni se deteriora. Sólo tienes que saber usarla, para lo cual lo mejor es leerse con detenimiento el libro de instrucciones.

* "Por tratar de ser más pijos". Este comentario tuyo referido a la fase II es una falta de respeto a las decisiones que en juntas de comunidad y grupos de trabajo estamos tomando, que dicho sea de paso ni te incumben ni te deberían interesar. Te podrá parecer bien o mal, pero decir que somos unos pijos porque nos parezca tener más sentido buscar otras alternativas a tender la ropa en el exterior de las casas, símplemente te califica claramente.

Nota: ya veremos qué decisión toma tu comunidad respecto del tema de tender la ropa. Tu voto sólo será uno de casi 350 vecinos.

Saludos.
 
C
clamide
03/12/2004 09:54
Curiosidades, como efectivamente comprobe ayer, la propuesta de tender fuera salio de un vecino que por su cuenta ya los ha instalado. Eso si, no entiende que hay muchos medios de tender en lo que es tu casa sin generar alteraciones en facha y en la moral del de abajo, ejemplos se han comentado en el foro. Cambias radiadores y los pones toalleros, sistemas de tender en el tendedero, en las bañeras, tendederos con alas que luego recoges,pero eso si, esto comporta una incomodidad para el propio habitante de la vivienda y es mejor que se moleste al vecino o vecinos de abajo. Eso si cuando fui a verlo con el denoche y sin ropa eran imperceptibles, pero claro esta que ni de noche ni de dia voy a mirar arriba en patios interiores y menos si no tengo el coche alli. Es a sus propios vecinos de enfrente, arriba y abajo a los que les puede molestar. La curiosidad viene despues pueste vecino se molesta porque una de esas plazas que todos sabemos han pagado en negro zonas comunes a las que solo tienen acceso ellos, la usa y aparca 2 coches. Mal lo uno y lo otro.
 
C
clamide
02/12/2004 16:26
Pero tu estas bien? Ayer llego a las 12 a casa y hoy pretendes algo parecido pero encendiendo los animos, que casi teniamos algo que presentar a la junta de gobierno, si ahora se deshace vamos marcha atras. Este bien o mal lo que se presente se votara y sera la mayoria la que decida.


 
C
clamide
02/12/2004 09:39
Ya hay fecha para junta extraordinaria, donde estos temas se intentaran llevar, sobre todo los urgentes. Se informara o intentara via buzoneo de las cuestiones a tratar y creerme que si con grupos de discusion de 12- 20 personas las reuniones se dilatan hasta cerca de las 24:00 con 231, como no nos ajustemos a temas concretos, la junta no servira de nada.

Los grupos de trabajo tienen como todos los demas intereses en lanzar sus propuestas y ponerlas en marcha, se os pidio un voto de confianza en la anterior junta y este se concede, puedes estar a favor o en contra pero nuestro tiempo lo perdemos con una finalidad. La critica constructiva vale, la de no por que no o por que mis gonadas son mas grandes creo que esta fuera de lugar. Los de las comisiones estan invirtiendo mucho tiempo en plasmar propuestas y dar cifras.

La no asistencia de una vivienda, es contada como votos a favor de la nueva propuesta, (esto lo debieron crear para conseguir de la mejor manera posible los 3/5).

Vuestras propuestas no me han llegado al buzón, del portal 12. En consecuencia los 4 vecinos que participamos en las comisiones, creo que intentaremos lo mejor.

La fecha se pondra en el tablón de la comunidad de cada portal. Ser un poco positivos que llevamos poco mas de un mes intentando lanzar la comunidad. (Pese a los esfuerzos de algunos vecinos de tomar ventajas y no esperar al resto).
 
M
Muad_dib
01/12/2004 21:31
Joer como os estais poniendo, cuando todabia no se han dado las conclusiones de las comisiones, ni se ha tomado ningun acuerdo.
 
B
Belleville
01/12/2004 21:19
Segun mi abogado:

Las mejoras en el edificio

Ningún propietario puede exigir nuevas instalaciones, servicios o mejoras que no sean necesarios para la adecuada conservación, habitabilidad y seguridad del edificio (por ejemplo, cambiar la puerta del portal por una más moderna, instalacion de un tendedero exterior cuando existe uno interior... etc.)


Cuando se adopten acuerdos para realizar estas mejoras no necesarias, si cuota de instalación excede del importe de 3 mensualidades ordinarias de gastos comunes, el vecino que no esté conforme con su realización no estará obligado a abonarlas, ni se podrá modificar su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja introducida en la Comunidad.


Si el vecino disidente desea, posteriormente, participar de las ventajas de la innovación, deberá abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados aplicando el correspondiente interés legal.

Las innovaciones que hagan inservible alguna parte del edificio para el uso y disfrute de un propietario requerirán, en todo caso, el consentimiento expreso de éste.


En conclusión, que aun en el hipotético caso de que tal aberracion se aprobara, yo no pienso pagar NI UN PUTO EURO, y si ademas esa celosia nueva me tapa las vistas de la cocina o me quita luz, basandome en el parrafo anterior ME NIEGO, LO VOTE QUIEN LO VOTE Y LO APRUEBE QUIEN LO APRUEBE.
 
M
MARTINA
01/12/2004 21:05
Muah_dib, el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal establece las tres quintas partes para establecimiento o supresión de los serivicios de ascensor, portería, conserjería, .... Está claro que no se trata de establecer un servicio como tal ni tampoco es un arrendamiento de elementos comunes. Por tanto, hay que remitirse al primer párrafo, donde se exige la unanimidad, pero además no se puede llevar a votación un asunto de ilegalidad manifiesta. Este asunto no se puede votar, simplemente porque es ilegal.
 
M
Muad_dib
01/12/2004 20:08
A riesgo de equivocarme, pero creo que no hace falta la unanimidad en ese punto sino las 3/5 partes. Pero si es cierto lo que decis (cosa que no dudo) y la ordenanza es clara (todabia no he tenido tiempo de leerla) no hay nada que discutir.
Gracias Preocupado por facilitarme la información que te pedí.

salu2
 
W
Winston
01/12/2004 19:51
Ahi estoy contigo.

Las decisiones tienen que ser aprovadas en junta, los grupos de trabajo lo unico que pueden hacer son propuestas, que todos gustosamente estaremos encantados de escuchar.

Quiero recordar que no se puede ir encontra de la ley Horizontal y que hay que cumplirla.

Saludos
 
M
MARTINA
01/12/2004 19:36
Una vez aclarado que el grupo de trabajo no pretende imponer sus decisiones sino consensuarles en junta con el resto de vecinos tengo que decir varias cosas: en primer lugar, como dice Preocupado, está prohibido por el Ayuntamiento tender ropa por el exterior de las casas y respecto a este punto, no entiendo ya como puede seguir la discusión. Si está prohibido y además hay vecinos que estamos expresamente en contra, ¿cómo vamos a poner esos tendederos? Ni tan siquiera tapándolos, sabiendo además la idea que tienen para taparlos, que es poner una rejilla como la del garaje desde la altura de la ventana hasta la viga es decir medio metro de chapa. Pero, y qué pasa con la ropa qué cuelga? Claro, nadie va a tender la ropa colgando. Ja. Y además, desde la calle se vería la ropa por abajo, a no ser que también quisieran poner rejilla en la parte de abajo, con lo cual ¿qué tipo de obra es ésta? Estoy absolutamente en contra y para la adopción de este acuerdo sería necesaria la unanimidad de los propietarios tal como se establece en el artículo 17 de la Ley de Propiedad Horizontal. Bueno, pues como hay gente en contra ya no se va a obtener unanimidad. No os molesteis más. Es ilegal lo mireis por donde lo mireis. Haced cosas más provechosas para la Comunidad, respetando la legalidad vigente, como hace todo el mundo. Mi agradecimiento a los grupos de trabajo por adelantado, ya que esto no es una crítica, sólo estoy dando mi opinión e intentando crear una corriente de opinión sobre un tema bastante preocupante.
 
C
clamide
01/12/2004 18:30
El reto queda lanzado, decir hora, sitio y lugar. LLevar padrino, hago extesible a los demas y por lo menos cambiamos opiniones, llevaré a mi representante que se esta comiendo tambien unos pufos de cuidado, y despues de las reuniones me señala y me dice: " para otra vez, te hago caso de apuntarme a colaborar, esto parece un colador".

Lo mas curioso del tema Muad es que en epoca estival, discutieramos por internet sobre temas que ahora son tonterias comparado con lo que se avecina.
No se si fue con Thor1 el optimista, pero me da en la nariz y en el bolsillo que no van a ir las cosas segun él preveida de la buena voluntad de la gente, a el tambie le reto el sabado.
 
W
Winston
01/12/2004 18:15
Apuntado, que yo el sabado trabajo.

:-(

Que semana me espera
 
M
Muad_dib
01/12/2004 18:13
A mi no hace falta que me pongais al día pero me apunto, si me dejais.
:(
 
W
Winston
01/12/2004 18:07
Clamide, a ver si nos tomamos unas cervezas el sabado y me pones al dia, que con tanto curro he desconectado del todo.

Saludos
 
C
clamide
01/12/2004 18:05
"cortar rejas de tendederos..." "aparcar 2 vehiculos en plazas de garaje" "usar zonas comunes de garajes para uso privado , dejar motos, coches, carros, etc. No se me ocurre nada mas de ocurrencias de Esta nuestra comunidad, donde como en otras, solo se corta el tema con denuncias y derramas es una jodida verdad esta naturaleza humana. Solo se pega lo malo.
 
W
Winston
01/12/2004 18:02
Tengo mucho trabajo ahora, pero te voy ayudar un poquito.

Por ley que le quede claro a las comisiones y a todo el mundo, estamos dentro de la Ley horizontal, por mucho grupo de trabajo que se ha formado, se tendran que aprobar las medidas en Junta, puesto que todas decisiones que se tomen fuera de junta seran impuganadas con un solo voto de un vecino.
Asi que creo que estamos muy mal informados y que las juntas de trabajo lo unico que tienen que hacer es preparar borradores y presentarlos en junta.

Saludos
 
P
pacolopez
01/12/2004 18:01
Yo opino como martina. Y ademas de estar prohibido por el ayuntamiento me parece de gitanos. En ninguna de las casas nuevas de nuestro barrio hay ropa tendida por el exterior.

Saludos
 
C
clamide
01/12/2004 17:58
Veo que hay gente que opina como yo respecto a tender en las fachadas, aun cubriendo los tenderos. De los que integramos la comision, nueve son extremos de edificio, de los 5 restantes, algunos tienen obras y quien que se apruebe como es logico, solo uno encontra. Muy solo me quede y siendo una representacion basicamente de Aticos ,Primeros y gente que tiene obras o instalaciones hechas. La oposicion fue como un grano frente a una apisonadora, ni se parpadeo. Asi mismo segun el articul 7 de la ley de propiedad horizontal, dice algo asi, "la utilizacion de zonas comunes para uso privado debe estar aprobada en junta EXTRAORDINARIA... " tambien se planteo y la respuesta fue: ya se aprobo en la anterior junta que los grupos de trabajo tendrian que tomar decisiones, y una vez expuestas en el tablon y un periodo para esperar reclamaciones de una semana serian efectivas. Cuando la misma ley dice que es un mes. Pero vuelvo a lo mismo, la representacion de pisos intermedios y sin obras que afecten al conjunto y dispuesto a invertir mi tiempo en discusiones se limita a 1, (poca gente para dar opinion de nada y muy facil criticar a toro pasado, apuntaros, pasar frio, discutir e iros caliente de cabeza, pero eso nadie la hace...)

Luego se nos comenta, no decir nada en el foro de los temas tratados, tambien cumplo con ello, pero creo que va ha ser muy divertido, cuando pase lo que es inevitable, una vez aprobada. Iniciar denuncia y derramas para corregir los excesos de algunos vecinos. (Por supuesto, 1º se pedira de buenas formas, (buen cascabel para una gato) luego ....

Por cierto, un ejemplo "verter aguas por la fachada de los aires...." "macetas..."
 
P
PREOCUPADO
01/12/2004 17:54
Insisto, ni la comunidad de vecinos en conjunto ni ninguna comisión de trabajo en petit comité puede votar a favor de una iniciativa ( ejemplo, poner tendederos en fachada, aún estando tapados ) que vulnere una ORDENANZA MUNICIPAL, que prohibe este tema expresamente.

Muab_dib, la ordenanza municipal se llama "ORDENANZA MUNICIPAL DE POLICIA URBANA Y GOBIERNO DE LA VILLA".

Saludos.
 
F
Franja BS
01/12/2004 15:02
No os precipitéis con el tema de tendederos en el exterior. Los tiros van encaminados hacia que los tendederos no sean visibles y además, cualquier decisión que pueda llegar a tomarse, teniendo en cuenta la supuesta y posible magnitud y repercusión de la misma, será sometida a votación en la comunidad para que sea esta la que decida. No olvidéis que las distintas comisiones cuando trabajan en sus campos, salvo que sean decisiones urgentes o de pequeña magnitud, lo que hacen es trabajar sobre propuestas o alternativas para mejorar.
 
T
Thor1
01/12/2004 14:01
INSTALACION DE APARATOS DE AIRE ACONDICIONADO EN FACHADAS. NORMAS GENERALES
- Ninguna instalación podrá sobresalir más de treinta centímetros del plano de fachada ni perjudicar la estética de la misma. No obstante, en edificios de uso exclusivo no residencial, se podrá superar esta dimensión justificadamente por razones funcionales o compositivas

- Las instalaciones visibles desde la vía pública requerirán un estudio de conjunto para su integración en la fachada del edificio, que deberá presentar la comunidad de propietarios o propietario del mismo

- En los casos de instalaciones de aire acondicionado, la radiación de calor por ellas originada, no podrá en ningún caso elevar la temperatura del aire de los locales próximos, en más de 3 ºC, medidos a 1,10 metros de distancia de la ventana más afectada por la instalación, estando aquella abierta

- La instalación de aire acondicionado, con las obras que supongan, está sujeta a la solicitud de la preceptiva licencia de obras y / o de instalación de actividades, siendo las condiciones de dicha solicitud dependientes tanto de las obras necesarias, como de las características del aparato a instalar, ya que, según su potencia (calorífica o frigorífica), se tratará como actividad inocua o calificada

FUNDAMENTO LEGAL

NORMAS URBANISTICAS DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MADRID (Artículo 6.10.8)

Acuerdo Pleno de 17 diciembre de 1996

BOCM de 19 abril 1997

ORDENANZA ESPECIAL DE TRAMITACION DE LICENCIAS Y CONTROL URBANISTICO

BOCM Núm. 280 de 25 noviembre 1997

ORDENANZA DE PROTECCION DE LA ATMOSFERA CONTRA LA CONTAMINACION POR FORMAS DE ENERGIA (Art. 54.2)

Acuerdo Pleno de 31 mayo 2004

BOCM Núm. 148 de 23 junio 2004

 
M
Muad_dib
01/12/2004 13:58
Please, me puedes especificar mas la busqueda, ¿dentro de que apartado esta?

Salu2 y gracias
 
M
Muad_dib
01/12/2004 13:53
INSTALACION DE APARATOS DE AIRE ACONDICIONADO EN FACHADAS. NORMAS GENERALES





Datos Específicos: - Ninguna instalación podrá sobresalir más de treinta centímetros del plano de fachada ni perjudicar la estética de la misma. No obstante, en edificios de uso exclusivo no residencial, se podrá superar esta dimensión justificadamente por razones funcionales o compositivas

- Las instalaciones visibles desde la vía pública requerirán un estudio de conjunto para su integración en la fachada del edificio, que deberá presentar la comunidad de propietarios o propietario del mismo

- En los casos de instalaciones de aire acondicionado, la radiación de calor por ellas originada, no podrá en ningún caso elevar la temperatura del aire de los locales próximos, en más de 3 ºC, medidos a 1,10 metros de distancia de la ventana más afectada por la instalación, estando aquella abierta

- La instalación de aire acondicionado, con las obras que supongan, está sujeta a la solicitud de la preceptiva licencia de obras y / o de instalación de actividades, siendo las condiciones de dicha solicitud dependientes tanto de las obras necesarias, como de las características del aparato a instalar, ya que, según su potencia (calorífica o frigorífica), se tratará como actividad inocua o calificada

FUNDAMENTO LEGAL

NORMAS URBANISTICAS DEL PLAN GENERAL DE ORDENACION URBANA DE MADRID (Artículo 6.10.8)

Acuerdo Pleno de 17 diciembre de 1996

BOCM de 19 abril 1997

ORDENANZA ESPECIAL DE TRAMITACION DE LICENCIAS Y CONTROL URBANISTICO

BOCM Núm. 280 de 25 noviembre 1997

ORDENANZA DE PROTECCION DE LA ATMOSFERA CONTRA LA CONTAMINACION POR FORMAS DE ENERGIA (Art. 54.2)

Acuerdo Pleno de 31 mayo 2004

BOCM Núm. 148 de 23 junio 2004


Ultima Actualización: 23.08.2004

Ahi tienes la normativa

Salu2
 
P
PREOCUPADO
01/12/2004 13:51
Muab-Dib, la ORDENANZA MUNICIPAL a la que hago referencia la tienes disponible en la página de internet del Ayuntamiento de Madrid, en la dirección http://www.munimadrid.es/Principal/Ayuntamiento/
normativa.asp. Dicha ordenanza PROHIBE expresamente TENDER ROPA en FACHADAS Y PATIOS INTERNOS Y EXTERNOS. También puedes hacer la consulta en la Junta Municipal de Distrito y te dirán lo mismo que yo te estoy diciendo ahora.

En cuanto al tema de los aires acondicionados, no tiene nada que ver con lo otro, porque el Ayuntamiento sí permite la instalación de aparatos acondicionados en fachadas, eso sí, siguiendo una determinada normativa, que voy a intentar localizar y comentarla.

En conclusión:

* Instalación de tendederos exteriores: PROHIBIDA POR AYUNTAMIENTO.

* Instalación de aparatos de aire acondicionado en fachadas: PERMITIDO POR EL AYUNTAMIENTO, siguiendo la normativa establecida a tal efecto.

Un saludo.
 
M
Muad_dib
01/12/2004 13:19
Entonces tambien por esa ordenanza esta prohibida la instalacion de aire acondicionado. ¿Me puedes decir donde consultar esa ordenanza?

Salu2
 

Fin del hilo
51  mensajes12>
Mensajes Relacionados
© 2002-2024 - HABITATSOFT S.L.U. CIF B-61562088 c/ Josefa Valcárcel, 40 bis 28027 Madrid
Contacto |  Publicidad |  Aviso Legal  |  Blog |  Catastro |  Facebook |  Twitter
Vocento