Recibos de préstamo pagados, seguros personales relativos al préstamo, gastos por cambio del préstamo original...
En principio de los gastos de la compra, notaría, registrador, plusvalias, etc, etc, hay que tener las facturas oportunas pero vamos que si no las teneis os cogeis las escrituras, y todos esos gastos los teneis en cuenta ; eso sí la base de deducción es de 9.015, 18 euros (si la renta la haceis individual esa base es para cada uno de vosotros, es decir, 9015 para cada) ; luego por mucho que querais imputar teneis ese limite de deducción.
saludos,