A ver....., creo que ha saltado la "lista" de turno...
En dichas sentencias..., si las lees, podras observar que se trata de fachadas exteriores..
¿De que tipo de unanimidad hablas? Leete la ley de la propiedad horizontal.
Y creo que tambien, ya de paso, puedes leer que...., en la primera junta, se aprobo lo de los tendederos en los patios interiores..., es tu problema si todavia no vivias en la comunidad..., que todavia no se si seras de esta....., pero si eres de esta, y todavia no vivias, .....te recuerdo que hay obligacion de ocupar la vivienda protegida en el mismo año que se efectua la compra.
Firmado: otro de los listos