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el fary
el fary
27/10/2009 10:04

tendederos

¿Es legal poner tendederos en el edificio?

3.584 lecturas | 26 respuestas
Me gustaria saber si es legal o no poner tendederos, ya que hay un vecino que ha puesto uno desde la cocina hasta el cuarto de baño y le gotea la ropa encima de los coches del parking. Segun una hoja que vi en el portal no se podian poner tendederos, ¿se le puede sancionar a ese vecino? ¿se le puede obligar legalmente a que lo quite?. Si no es así, que se permita y todos los vecinos podamos poner tendedero. Haber si en la proxima reunion se trata el tema.
 
G
gloriasex
01/11/2009 21:27

Insumiso, me parece que de doctrina legal no estás muy al día.

Si has leido bien esas sentencias, las mismas se fundamentan en la imposibilidad de aplicar "discriminación" alguna entre unos y otros vecinos (te lo he puesto como ejemplo, te pondría poner cientos de miles más sobre cientos de asuntos diferentes en comunidades). Tal discriminación es inviable, más que otra cosa porque tenemos una Constitución que así lo establece, con lo cual, no puedes decir que unos sí y otros no, al mismo derecho individual de todos.

Por otro lado, y si te sirve de consuelo, dudo mucho que se aprobara lo que me comentas. Más que otra cosa porque yo "he estado en todas las reuniones" y "no conozco ninguna de ellas en las que se aprobaran los tendederos por unanimindad, y te recuerdo, que tal aprobación habría de ser por unanimidad si se pretende que la misma sea expresa".

Tan solo se aprobó retirar las lamas en votación, y no fue por unanimidad, pues una vecina, en su pleno derecho, votó que no (fijaté si soy vecina, que esta votación fue la primera que tuvimos y si quieres te la cuento con todo detalle).

Como bien dice un vecino, nuestro administrador nos indicó lo que "no está aprobado", que no quiere decir que "no esté permitido", pues para más conocimiento tuyo sobre doctrina legal, te invito a que te informe algún colega tuyo docto en leyes sobre los derechos que se generan de manera "presunta".

Por otro lado, ni tengo tendedero, ni lo voy a poner. Y me da igual que mis vecinos lo pongan, pues ya lo han puesto, y como comprenderás no seré yo quien se lo quite, pero "si seré yo, quien aclare a aquel vecino que quiera aplicar discriminación en los derechos individuales de nuestra comunidad, que no puede hacerlo".

En dos palabras, que si te molestan los tendederos que pusieran los vecinos de los patios semi-interiores, pero tú quieres poner el tuyo en tu patio interior, la constitución te indica que "no puedes discriminar", así que ya sabes, o toleras que todos pongan tendederos, o te abstienes de poner el tuyo. Parece lógico ¿no? Es que nuestra constitución la hicieron personas inteligentes, es la suerte que tenemos (aunque tiene sus fallos, como toda obra de ser humano).

Saludos a todos.

 

 

Fin del hilo
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