Voy a aprovechar el hilo y varias dudas que han surgido para "traer" algunas cosas que se pusieron en el foro antiguo, que, además, creo que pueden aclarar bastante el tema:
1.- Las deducciones, a día de hoy, NO SON POR HIPOTECA. Las deducciones son por adquisición de vivienda habitual. Esto incluye muchos más conceptos que la hipoteca (aunque la hipoteca sea el medio más "normal" de aprovechar estas deducciones). Por ejemplo, TODAS las aportaciones (incluyendo los 10000 euros iniciales) que hemos hecho son deducibles; además, los que hemos solicitado un préstamo podemos deducirnos esas cantidades en el año que las paguemos, siempre que "demostremos" que son para pagar la vivienda, lo mismo con IVA, otros impuestos, etc..
2.- Lo anterior quiere decir, que, a día de hoy, la fecha de la hipoteca no quiere decir gran cosa (aunque la gente sea eso en lo que piensa), y viendo lo que ha puesto Snufi parece que así va a seguir siendo en el futuro. No tendría mucho sentido que, habiéndonos ya deducido una parte de las aportaciones, no pudiésemos deducirnos el resto, aunque a fin de cuentas es una ley y "no tiene por que tener sentido".
3.- Y ya lo último. Lo que dice casperzich, hasta que no tengamos la ley no podemos ver como es definitivamente, aunque la disposición que menciona snufi es bastante clara. Así que de momento solo nos queda suponer, pero yo, a diferencia de otros aquí, siempre conté con esa deducción.
Y eso ya en plan posdata: a mi también me dijeron en Arjusa que nos darían un justificante de que los pagos han ido a la construcción de una vivienda (lo que es necesario para la deducción), pero no me dijeron una fecha. De todas formas, hasta que nos toque hacer la declaración del IRPF no nos corre prisa, y la verdad, si el señor Arjusa decide marcharse con todo nuestro dinero a Brasil, creo que ese sería el menor de los problemas que tendríamos