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H
halleck
16/01/2014 09:35

Empadronamiento

¿Es recomendable empadronarse en VII para tener más fuerza en las alegaciones ante un juez?

3.501 lecturas | 12 respuestas

Según se comenta por abogados parece ser que   sería recomendable empadronarse en VII por si las alegaciones nuestras no son tenidas en cuenta por el juez. Por otro lado, así podemos exigir con más fuerza servicio en el barrio como transporte o correos

 
H
halleck
20/01/2014 19:24

Gracias edm22.Para Cibeles, se trata de un mail donde a los de VII nos venían a decir que tanto Arjusa, como el Ayuntamiento como la Junta de Compensación habían presentado las oportunas alegaciones a la suspensión de licencia en tiempo y forma

 
C
Cibeless
20/01/2014 16:58

Qué mail de Arjusa? Yo soy de V1 asi que igual a nosotros nadie nos ha enviado nada, pero como habitualmente los mails de Arjusa no me llegan...

 
E
edm22
17/01/2014 21:35
Que buena noticia lo del correo..
El.mail de arjusa es lo normal. No es ni bueno.ni.malo, solo lo logico y esperado. Por eso no.te preocupes.
Creo de todas formas que en la junta se hablara tb de ese tema
 
H
halleck
17/01/2014 18:17

Gracias por las aportaciones de todos. Por cierto, ya hay correo: hoy me encontrado el contrato de la electricidad en él. ¿Hay alguna noticia acerca de las alegaciones de VII? A mi el último mail de Arjusa no me ha dejado muy tranquilo

 
alvaro_lg
alvaro_lg
17/01/2014 11:50

Yo me empadrono la semana que viene, y el cambio de domicilio fiscal lo haré directamente en la declaración de la renta 2013...

 
M
Morenoman
17/01/2014 11:16

Total hay que empadronarse en el Ayuntamiento y cambiar el domicilio fiscal en Hacienda . Muchas gracias por la info , vecinos

 
E
edm22
17/01/2014 00:03

Mas info sobre cambio de domicilio fiscal

 

http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio_es_ES/La_Agencia_Tributaria/Campanas/Domicilio_Fiscal/Informacion/Preguntas_mas_frecuentes/Comunicacion_del_cambio_de_domicilio_fiscal_.shtml

 

 
D
dbm77
16/01/2014 23:06

Perfectamente explicado, edm22. Muchas gracias por la información, realmente útil ;)

Un saludo,

David.

 
E
edm22
16/01/2014 22:41

Hola vecinos,

Sobre el tema de empadronamiento y la desgravación fiscal, sería bueno plantear al Administrador o a Arjusa si se dan las circunstancias idóneas para hacerlo.

Sobre lo desgravación fiscal por compra de vivienda, os doy mi humilde opinión. Lo que pide Hacienda es que sea sea tu residencia habitual efectiva durante un mínimo de tres años, y que sea efectivamente ocupada antes de 12 meses.

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=PVIV_Generico_FA&cid=1142516932842&language=es&pageid=1142516935501&pagename=PortalVivienda%2FPVIV_Generico_FA%2FPVIV_pintarGenerico

Hay al menos dos domicilios diferentes: el domicilio de empadronamiento, que es el que consta en el padrón del Ayuntamiento, y que es del que estáis hablando aquí, y el domicilio fiscal, que es el oficial para Hacienda. Son diferentes y no tienen por qué coincidir.

El IRPF dice que tiene que constituir realmente tu domicilio habitual. Ese concepto no se demuestra simplemente con el hecho de que estés empadronado, sino que implica que realmente sea tu vivienda habitual.

En la práctica, lo que suele suceder es que si pasados 12 meses desde la compra de la vivienda habitual, tu domicilio fiscal (que es el que tiene Hacienda) no ha cambiado, Hacienda te puede pedir que justifiques que realmente la vivienda que has comprado es tu residencia habitual  o te hace devolver todas las desgravaciones que te has practicado. En ese momento, tienes que justificar tu residencia habitual, presentado el padrón, recibos de luz, de agua, y todo aquel documento que puedas para tratar de convencer a Hacienda de que realmente es tu residencia habitual. Como podréis imaginar, demostrar esto puede llegar a ser difícil, porque que estés pagando la comunidad de propietarios, la luz y el agua, etc, no necesariamente significa que estés viviendo realmente allí, porque los tendrías que pagar también aunque no vivieses.

En RESUMEN, informaros bien, pero a efectos de IRPF y Hacienda, yo recomendaría que además de empadronarnos en el Ayuntamiento, notificasemos a Hacienda el cambio de domicilio fiscal. 

Perdonad el rollo, pero creo que es importante para todos.

Saludos

 

 
H
halleck
16/01/2014 19:52

Si, la documentación es copia de escrituras, de contrato de agua o de luz, o de tf fijo. Creo que vale con decargarse la primera factura de agua de la oficina virtual del Canal y con eso gente se ha empadronado ya. Luego tienes que llamar al 010 y que te den cita . Ojo con lo de los 3 meses para la desgravación porque comentan  en el foro de Facebook que estaban dando fecha para febrero!

 
D
dbm77
16/01/2014 17:53

Hola, vecinos.

Ya que hablais de empadronarse: para aquellos vecinos que se han estado desgravando por inversión en vivienda nueva destinada a vivienda habitual, os recuerdo que uno de los requisitos es empadronarse a los 3 meses (creo recordar) máximo tras haber escriturado.

Que luego viene hacienda con las rebajas!

Yo espero hacerlo en Febrero, en cuanto tenga los primeros recibos de luz y agua.

Un saludo,

David.

 
C
Carlostor
16/01/2014 15:00

Estoy de acuerdo contigo , asi podremos hacer más fuerza . Sabes que documentación hay que llevar para empadronarse ?

 

Fin del hilo
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