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Sorpresa

¿Qué ha pasado con los párrafos a añadir al apartado 11 del reglamento de régimen interno?

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¿Alguien me puede decir qué ha pasado con los párrafos que se iban a añadir al apartado 11 del reglamento de régimen interno?
En el reglamento que he recibido, no figuran los párrafos a añadir al apartado 11 que sí se reflejan en la fotocopia del Acta de la última reunión y se supone fueron votadas por la mayoría aunque en el Acta no se reflejen, como es debido, los resultados de dicha votación.

¿Sabe alguien lo que nos va a costar el cartel provisional que indique la calle y el número de la finca que se decidió poner tras someterlo a votación aún no estando en el Orden del día? ¿Podemos encontrarnos con una cantidad similar a la del césped provisional de la piscina ( 3904,56 euros) o a la de las lonas ( 3944 euros)? Por lo que he podido ver en el foro, ya en su momento hubo problemas con estos temas que tampoco fueron sometidos a votación de la Junta y deberían de haberlo sido dado que las cantidades son considerables.

Con todo esto,¿Debemos aprobar el Acta de la última reunión y seguir permitiendo el "irregular" funcionamiento de las Juntas?
 
Hola,

Lo del gasto era una forma de hablar ; ciertamente no sería tan extraordinario. Lo que te quiero decir es que pienso que lo mejor para obtener cierrta información es pedirla personalmente y no conformarse con que te digan que sí y luego no tenerla o con lo que se oye en los corrillos.Tú misma.

Un saludo
 
La vrdad es q no se me había ocurrido pensar en que mi petición supusiera un gasto extra para la comunidad,pero de ser así pues nada, paso, nos apañaremos con lo anual y lo q se vaya contando en los corrillos.
Lo de exponerlo en el tablón no lo veo mal, no tenemos nada q ocultar a los q vengan de fuera y tengo entendido q en muchas comunidades de vecinos se expone..
De todas formas el administrador no debería decirnos q sí a todo como a los tontos.
 
Buenas noches,

Srueda, habrá gente interesada en tener una hoja de gastos al cierre del mes y gente que no. Piensa que es un gasto más enviar una hoja a todos lo vecinos y creo que no está bien que esta información esté expuesta en el tablón de la comunidad. Un consejo: prueba a pedir que te la manden personalmente y verás cómo tienes repuesta.

Saludos
 
A mi personalmente me parece bien, lo q me parwcía una chorrada es pagar uno provisional para al final acabar comprando el definitivo ; pero por favor que sea una cosa sencilla que no ronde los 3000€. Con indicar los números sería suficiente ; es mi opinión claro...
 
Hola vecinos,

Respecto a la colocación del cartel, estoy de acuerdo con que en la Junta no se pueden tratar temas que no estén en el Orden del día, y menos someterlos a votación. Pero, en el Acta 6 ya se refleja el acuerdo por mayoría de facultar a la Junta para estudiar los presupuestos de rótulos y aprobar el más conveniente para la comunidad
 
Eso de que se compran las letras está por ver!

Ya está bien de "colarnos" distintas cosas en el punto ruegos y preguntas: Es la forma más fácil de prescindir de la voluntad de los propietarios. De hecho, la ley no obliga a incluir de este punto, puesto que no puede adoptarse ningún acuerdo en él.

Ni en el Orden del día que nos envió la administración, ni n el que posteriormente se expuso en el tablón ( armario) se incluía ningún epígrafe que diera lugar a tratar el tema y la votación acerca del cartel ; por lo tanto, legalmente el acuerdo es nulo.

 
También ocurre q hay puntos que se tratan en las reuniones y luego no aparecen en el acta, no se si x descuido o que.. por ejemplo en la última reunión pedimos al administrador una hoja de los gastos al cierre del mes, bien para ser expuesta en el tablón o para ser enviada a cada vecino mensualmente. Quedamos en ello y ni ha llegado ni queda reflejado en el acta, es un ejemplo más.

Por lo visto, y a lo mejor me equivoco, pero de cartel provisional nada, al final se compran las letras, siguiendo el ejemplo de nuestros vecinos de la 37.


 

La junta de propietarios no puede adoptar acuerdos sobre asuntos que no aparezcan incluídos en el orden del día de la convocatoria bajo sanción de nulidad. Tal exigencia responde a la necesidad de proteger los derechos de los comuneros, de manera que puedan conocer a través de la convocatoria los asuntos a tratar y decidir su asistencia o no, pues la asistencia es un derecho y no un deber.Por ello no es admisible que bajo el epígrafe Ruegos y preguntas se adopten acuerdos.


Aún cuando la urgencia y la trascendencia de un gasto no permita esperar a lo que se decida en una Junta, antes de pasar el cargo a los vecinos, será necesario obtener el acuerdo de la Junta de propietarios
 

Fin del hilo
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