Por partes...
Si las palabras con las que le han comentado todo esto al iniciador del post son las que el textualmente ha expuesto creo que no es dificil de entender, simplemente segun termines tus 10 años de contrato se te ofrecera quedarte con la casa que ocupas por x dinero. Independientemente de que tu vecino entrara un año antes o dos despues que tu, ya que tu casa es tu casa y tu eres tu y su casa es su casa y el es el, no veo incompatibilidad en comprar una vivienda porque el de al lado este alquilado, contratos diferentes, viviendas diferentes... no veo que tiene que ver una con otra, yo puedo tener dos casas alquiladas, vender una y la otra no, ¿problema?, no lo veo.
Eso por un lado, por otro, cuando nosotros entramos nos dijeron que las viviendas dejaban de ser protegidas a los 10 años que casualmente son los que tienen que pasar para que la compres por lo que tampoco veo problema, y en si la de al lado sigue protegida, pues tampoco, viviendas diferentes, titulares diferentes, no veo la union entre una y otra que impida que esto sea como se comenta en eso tampoco.
Luego, nosotros somos de la fase 3 y en nuestro contrato no aparece nada de renunciar al derecho de tanteo ni nada de eso... aun asi, para los que lo tengais, enredando por ahi he encontrado esto:
"Es muy importante reseñar que el Derecho de Adquisición Preferente o de Tanteo y Retracto es un derecho que tiene el arrendatario y es totalmente irrenunciable y que serían nula cualquier cláusula que en un contrato de arrendamiento atendiera a lo contrario. (Ver Artículo 6 de la LAU)."
Esto es todo amigos y si, a mi si me interesa y quiero quedarme con mi casa.