Hola, Yo no he firmado aun pero estoy en proceso de...Respecto a los avales os transcribo lo que por escrito me informarion hace apenas unos dias...
'De conformidad con lo previsto tanto en la Ley 57/1.968, de 27 de Julio, sobre percepción de cantidades anticipadas en la construcción y venta de viviendas, como en la Disposición Adicional Primera de la Ley 38/1.999, de 5 de Noviembre, de Ordenación de la Edificación, las aportaciones a cuenta del precio de la vivienda que realicen los socios adjudicatarios en la Cooperativa deberán estar garantizadas mediante un aval o seguro de cantidades a cuenta, que garantice la devolución, en su caso, del importe tanto de dichas cantidades como de los intereses legales del dinero vigentes hasta el momento en que se haga efectiva, en su caso, dicha devolución, en el supuesto de no obtener la Calificación Definitiva de V.P.P.L. o de no terminar las obras dentro del plazo fijado en la Calificación Provisional, en la Licencia Municipal de Obras o en la prórroga reglamentaria concedida.
El aval o seguro de cantidades a cuenta se obtendrá cuando tengamos Licencia de Obras, escritura de préstamo y contrato de inscripción firmado por el socio.
Debido a que algunas de estas tramitaciones aún pueden tardar algunos meses, se ha solicitado a BBVA el aval de cantidades entregadas a cuenta, que y simultáneamente a la compañía de seguros ASEFA afín de contar con las mayores garantías en el menor plazo posible. Como ASEFA exige Licencia de obras, Escritura de suelo, Escritura de Préstamos Hipotecario y documentación (contratos de inscripción firmados por el cooperativista, etc), trataremos de entregar en menor plazo posible el Aval de BBVA y posteriormente lo sustituiremos por el Seguro de ASEFA. El motivo es que el segundo ofrece las mismas garantías pero un menor coste para la cooperativa y por tanto para el cooperativista.
Además de la obtención del seguro o aval de cantidades a cuenta por parte de la Cooperativa, dichas cantidades que los adjudicatarios han aportado y que aportarán, tanto por la entrada inicial, como los vencimientos de los recibos de los pagos parciales hasta la firma de la adjudicación del pleno dominio de la vivienda, han sido y serán ingresadas en una cuenta bancaria abierta a nombre de la Cooperativa donde quedarán depositadas sin poderse utilizar más que para efectuar pagos que estén previstos en el presupuesto y Plan Financiero de la promoción.'
Espero que os aclare algo... pero parece que la piedra angular es la licencia de obras... a proposito de la licencia de obras me indican que el bbva a traves de la sucursal que lleva la promocion ya ha pagado la licencia...para conformarlo seria bueno que alguno que teneis contacto con esa sucursal pudiera confirmar con la directora dicho extremo...