Registro de la Finca en el catastro
¿Quién debe realizar la declaración al Catastro para el cambio de titularidad de una finca sin referencia catastral individualizada?
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Hola de nuevo, he sacado de la oficina del catastro el documento que aparece registrado. Lo voy a poner en el área de descargas, por lo que creo que el lunes estará.
En nuestro borrador de la escritura, en cuanto a la referencia catastral, dice que todavía no hay referencia catastral individualizada, que la finca se inscribió en fecha 2 de junio de 2005 el modelo 902 de declaración de alteración de bienes de naturaleza urbana. Pone además que el notario nos advierte de que corresponde a la parte compradora la obligación de realizar la correspondiente declaración al Catastro el efecto de cambio de titular confome a lo dispuesto en el artículo...... en un plazo de dos meses desde la fecha de firma de la escritura, cosa que entendemos que corresponde al notario/gestoría como parte del servicio que le estamos pagando. Pone que si no lo hacemos en esos dos meses de plazo, se nos puede multar con 60 a 6000 Euros.
Tenemos que hacer nosotros esta gestión?
Pone lo mismo en vuestra escritura?
Espero vuestras noticias. Un saludo