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I
inshala
16/03/2010 16:50

Aplicacion Normativa Autonomica VPP

¿Se ha solucionado la incompatibilidad de acceso a VPP con la titularidad de una vivienda en propiedad?

2.041 lecturas | 4 respuestas

¿Sabe alguien si se ha dado algun paso para solucionar el asunto de la incompatibilidad de acceso a las VPP con la titularidad de una vivienda en propiedad?
Si recordais, con el Plan de Vivienda anterior de la CAM, era compatible el tener una vivienda y poder acceder una VPP. La nueva normativa impide dicha posibilidad.
Se que somos varios los que eestamos en dicha situacion y no se si existe alguna solucion.
Por favor, si alguien puede aportar claridad al asunto, lo agradeceria (mos).
Un saludo y animo que empieza a verse la luz al final del tunel

 
C
camionera
15/08/2010 07:11

Hola,

Por si te saca de dudas, yo pertenezco a la primera fase, ya tengo mi casa y uno de los requisitos era pedir al Registro de la Propiedad que no era propietario de ninguna vivienda en todo el territorio español.

Con esto se te aclararán todas tus dudas.

 
T
TrucoTurco
30/07/2010 14:07

¿?

 
I
inshala
17/03/2010 10:54
El problema es que nuestras futuras viviendas no tienen todavia ninguna calificacion ni siquiera provisonal.
El proceso para solicitar su calificacion como tales VPP no se ha iniciado aun.
Consecuentemente, nos afecta de lleno la Normativa Autonomica.

Un saludo y veamos si alguien tiene alguna informacion mas.

 
M
mmpjg
17/03/2010 00:48
Hola,

Este post ya lo escribí en otra ocasión;  pero no está mal recordarlo:

Según lo establecido en la Disposición final Tercera de la nueva normativa de la CAM, entiendo que no nos afectan los nuevos requisitos siempre y cuando las viviendas ya estén calificadas como VPP ya que esta disposición dice se aplicará a las viviendas que se califiquen a partir dedicha fecha. Dice textualmente:


DISPOSICIÓN FINAL TERCERA
Entrada en vigor
Este Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, siendo de
aplicación a las Viviendas con Protección Pública que se califiquen
provisionalmente a partir de dicha fecha.
En Madrid, a 30 de julio de 2009
.


Por lo que en ningún caso podrá tener efectos retroactivos.

Un saludo
 

Fin del hilo
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